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Documento BOE-B-2007-269114

Anuncio de la Dirección General de Costas relativo a la Resolución de la Delegación del Gobierno en Canarias por la que se declara la necesidad de ocupación de los bienes afectados por la expropiación forzosa de la Isleta de la Santa , T.M de Tinajo, Lanzarote (Exp: 28-4852).

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 9 de noviembre de 2007, páginas 13301 a 13301 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2007-269114

TEXTO

El Consejo de Ministros resolvió por acuerdo de 9 de marzo de 2007 la declaración de utilidad pública y la iniciación de los trámites legales para la expropiación forzosa del Islote de la Santa y de las salinas del mismo nombre, situadas en el Término Municipal de Tinajo (Lanzarote) que responden a las siguientes descripciones:

a) Tierras de salinas de la Santa de Soo, con unas salinas, una molina para extraer agua salada, una casa vivienda, el aljibe de los semilleros y unos cocederos, con una superficie total de 320.886 metros cuadrados, que linda al norte con riberas del mar y terrenos de «Promociones Turísticas Canarias S.A.»; al sur con finca de D. Julián Cabrera, y al oeste con otra finca de D. Domingo Guerra. La finca está inscrita en el Registro de la Propiedad de Arrecife de Lanzarote al folio 19, tomo 460, finca n.º 4.118.

b) Una Isleta llamada del Río, frente y debajo de la costa que se denomina Muñique, con una superficie de sesenta fanegas o 82 Ha, 17 áreas y 24 ca, equivalentes a 821.724 metros cuadrados, que linda por todos sus lados con el mar, inscrita al folio 146 del mismo tomo, según el texto de la escritura de compraventa (tomo 522, según la anotación del registro que figura al margen en la misma escritura), finca n.º 471. Conforme a lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, se procedió a someter a información pública el expediente de referencia, a fin de que las personas que así lo deseasen pudieran solicitar la rectificación de los posibles errores o formular las alegaciones que estimasen oportunas. Durante este trámite de información pública, se han presentado diferentes alegaciones:

D. Gonzalo Prat Cabrera, de fecha 5 de junio de 2007.

D. José Antonio Morales Cáceres, de fecha 13 de junio de 2007. D.ª Flora Márquez Cabrera, en representación del «Club la Santa», de fecha 14 de junio de 2007. D. Nereo Santiago Martín Fuentes, en representación de las entidades «Tinajo, S.A.»; «Dolumar, S.A.», y «Lanzasanta, S.A.» de fecha 15 de junio de 2007. D. Alejandro García Martín, en representación de la entidad «Ruhvi Agro, S.L.». D. Alejandro Castro Leandro, en representación de la «Caja de Canarias» de fecha 15 de junio de 2007.

Vistas las alegaciones presentadas en la fase de información pública, el informe favorable de la Abogacía del Estado en las Palmas de fecha 11 de octubre de 2007, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 20, 21 y 22 de la Ley de Expropiación Forzosa y concordantes del Reglamento, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, y sobre la base de la competencia otorgada por el artículo 23.7 de la ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, la Delegación del Gobierno en Canarias, con fecha 16 de octubre de 2007, ha resuelto lo siguiente:

1. Declarar la necesidad de ocupación de los siguientes bienes y derechos afectados: Una Isleta llamada del Río, frente y debajo de la costa que se denomina Muñique, en el Término Municipal de Tinajo.

Esta finca cuenta con las siguientes inscripciones en el Registro de la Propiedad de Puerto del Arrecife:

Finca de Tinajo n.º 471. Una Isleta llamada del Río, frente y abajo del paraje de la Costa que se denomina Muñique, Tinajo. Tiene una superficie de ochenta hectáreas, veinte centiáreas. Linderos: Norte, el mar; sur, el mar; este, el mar; oeste, el mar. El pleno dominio de la totalidad de la finca corresponde a Caja Insular de Ahorros y Monte de Piedad de Gran Canaria.

Finca de Tinajo n.º 8244. Parcela de terreno que se distingue con el número catorce del Plano de Reforma del Plan Parcial de la Isleta y Ría de la Santa, sita en la Isleta llamada del Río, frente y abajo del paraje de la Costa que se denomina Muñique, del Término Municipal de Tinajo, con una superficie de nueve mil setecientos sesenta y cuatro metros cuadrados. Linda: Norte, zona verde isleta; sur, calle sin nombre; naciente, parcela número quince, y poniente, parcela número trece. El pleno dominio de la totalidad de la finca corresponde a «Dolumar, S.A.». Finca de Tinajo n.º 8037. Parcela de terreno que se distingue con el número tres del Plano de Reforma del Plan Parcial de la Isleta y Ría de la Santa, sita en la Isleta llamada del Río, frente y abajo del paraje de la Costa que se denomina Muñique, del Término Municipal de Tinajo, con una superficie de ochocientos noventa y cinco metros cuadrados. Linda: Norte, parcela número 25; sur, paseo del Lago; este, paseo del Lago, y poniente, puente de entrada a la urbanización. El pleno dominio de la totalidad de la finca corresponde a «Ruhvi Agro, S.L.». Finca de Tinajo n.º 8038. Parcela de terreno que se distingue con el número veinticinco del Plano de Reforma del Plan Parcial de la Isleta y Ría de la Santa, sita en la Isleta llamada del Río, frente y abajo del paraje de la Costa que se denomina Muñique, del Término Municipal de Tinajo, con una superficie de siete mil ciento veinticinco metros cuadrados. Linda: Oeste, puente de entrada a la urbanización; este, parcela número 26; norte, calle de la urbanización; sur, parcela comercial número 3 y paseo del Lago. El pleno dominio de la totalidad de la finca corresponde a «Ruhvi Agro, S.L.». Finca de Tinajo n.º 7874, Parcela de terreno que se distingue con el número treinta del Plano de Reforma del Plan Parcial de la Isleta y Ría de la Santa, sita en la Isleta llamada del Río, frente y abajo del paraje de la Costa que se denomina Muñique, del Término Municipal de Tinajo, con una superficie de 3.920. El pleno dominio de la totalidad de la finca corresponde a «Lanzasanta, S.A.». Por Escritura de División Horizontal dicha finca se ha convertido en treinta fincas registrales nuevas (fincas 7961 a 7991). Parcela número 29 del Plano de Reforma del Plan Parcial de la Isleta y Ría de la Santa que consta de 4.436 metros cuadrados de superficie. El pleno dominio de la totalidad de la finca corresponde a la entidad Promosanta, S.A., estando pendiente en el Registro de la Propiedad de Puerto del Arrecife de segregación e inscripción. Por consiguiente, actualmente estaría dentro de la finca matriz (número 471). En la actualidad pertenecería a «Tinajo, S.A.».

2. Se autoriza a la Dirección General de Costas a que proceda a realizar la publicación y notificación de esta Resolución en los términos previstos en la Ley de Expropiación Forzosa. Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Ministra de Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, y 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La resolución íntegra se encuentra en las dependencias de la Delegación del Gobierno en Canarias, Plaza de la Feria, 24, Las Palmas de Gran Canaria; en las dependencias de la Demarcación de Costas en Canarias, Explanada de Tomás Quevedo, s/n, 35008 Las Palmas de Gran Canaria; así como en las dependencias de la Dirección General de Costas, ubicada en el Ministerio de Medio Ambiente, Plaza San Juan de la Cruz, s/n, 28071, Madrid. El horario de recogida en todos los casos será de 9 a 14 horas.

Madrid, 6 de septiembre de 2007.-La Ministra P.D. (O. MAM/224/2002, de 28 de enero, «BOE» de 10 de febrero), el Subdirector General de Dominio Público Marítimo Terrestre, Ángel Muñoz Cubillo.

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