No habiendo resultado posible la notificación a la entidad Globalcom Telecomunicaciones, Sociedad Anónima, como interesada en el periodo de información previa tramitado con el número de expediente RO 2007/1167, por causas no imputables a esta Comisión (el interesado es desconocido en el domicilio para comunicaciones que consta en esta Comisión), se procede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a notificar por este medio el inicio de la tramitación del mismo. Asimismo, por ser necesario para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos y circunstancias investigadas en el periodo de información previa que se esta instruyendo en esta Comisión, se requiere a dicha entidad para que manifieste si es cierto que ha dejado de realizar las contribuciones ordinarias y extraordinarias establecidas estatutariamente por la Asociación de Operadores para la Portabilidad, si a día de hoy continua prestando el servicio telefónico fijo disponible al público y, en el supuesto de que haya cesado en su actividad, si ha comunicado a sus clientes, previamente al cese del servicio, el derecho que les asiste a ser portados a otro operador.
Por último, se les informa de que tienen derecho a acceder al expediente en la Sede de esta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, sita en carrer de la Marina, n.º 16-18, edificio Torre Mapfre, 08005 Barcelona.
Barcelona, 30 de octubre de 2007.-El Secretario. Por Delegación del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (Resolución de 18 de diciembre de 1997, B.O.E. número 25 de 29 de enero de 1998), el Secretario del Consejo y de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Ignacio Redondo Andreu.
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