Con fecha 28 de septiembre de 2007, el Director General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente ha autorizado la Incoación de la Información Pública del citado Proyecto. El Presupuesto Base de Licitación de las obras relativas a este Proyecto y Adenda asciende a la cantidad de 13.303.052,06 euros, incluido el 16 % de I.V.A.
1. Objeto del proyecto.-Las actuaciones objeto de este Proyecto se enmarcan en la previsión existente en el artículo 130, apartado 4, del texto Modificado de la Ley de Aguas respecto a la elaboración y ejecución de un Proyecto de Restitución territorial en los casos en que la realización de una obra hidráulica de interés general afecte de forma singular al equilibrio socioeconómico del término municipal en que se ubique.
2. Descripción del proyecto.-Las obras que contempla este Proyecto y Adenda se localizan en el entorno del Embalse de Lechago, concretamente en los núcleos urbanos de Lechago, Luco de Jiloca y Navarrete del Río, pertenecientes todos ellos al Término Municipal de Calamocha, en la provincia de Teruel, y afectados directamente por las obras que se están llevando a cabo por la construcción del Embalse de Lechago. Básicamente las obras consistirán en la realización de los siguientes trabajos:
Actuación n.º 1: Mejora de infraestructuras urbanas básicas de Lechago. Las obras que integran esta Actuación son: a) Nueva captación de agua para el abastecimiento al núcleo de Lechago.
b) Nuevo depósito de regulación. c) Nueva red de distribución de agua. d) Nueva red de saneamiento. e) Pavimentación de calles. f) Mejora de caminos. g) Instalación de alumbrado público en camino.
Actuación n.º 2: Rehabilitación de una vivienda para casa de turismo rural, en Lechago.
Es un edificio que se construyó a principios del siglo XIX, pudiéndose apreciar detalles ornamentales de esa época en sus dos fachadas principales y en algunos elementos del interior, como la escalera y el pavimento.
Desde su construcción siempre ha tenido uso residencial, en los últimos años era la vivienda del médico, y la planta baja se adaptó a consulta médica. Se quiere habilitar la edificación a vivienda de turismo rural de primera categoría, cumpliendo con el decreto 69/1997, de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón. Sobre un total de 239,88 m2 de superficie construida, en tres plantas, se obtiene una superficie útil de 175,46 m2.
Actuación n.º 3: Mejora de infraestructuras básicas urbanas de Luco de Jiloca.
Las obras que integran esta Actuación son: a) Abastecimiento de agua desde la red de distribución de Calamocha.
b) Nuevo depósito de regulación. c) Nueva red de distribución de agua. d) Nueva red de saneamiento. e) Pavimentación de calles. f) Rehabilitación del edificio del Ayuntamiento.
Actuación n.º 4: Revestimiento de acequias, en Luco de Jiloca.
El sistema de riegos de Luco de Jiloca es un sistema de riegos tradicionales, en el que las acequias están en su mayor parte excavadas en tierra.
Las obras que se van a realizar consisten en el revestimiento de las acequias y en la construcción de un pequeño azud. Las más largas y que riegan más superficie de terreno se revestirán mediante canaleta prefabricada de hormigón armado de sección abierta. El resto de acequias irán revestidas con tuberías de hormigón de diámetros 30, 40 y 80 cm.
Actuación n.º 5: Restauración de Iglesias, Ermitas y otros elementos patrimoniales.
Se proyecta actuar en: Ermita del Cristo de la Agonía, de Lechago.
Ermita de Santa Bárbara, de Luco de Jiloca. Ermita de la Virgen del Rosario, de Luco de Jiloca. Iglesia de la Asunción, de Luco de Jiloca. Iglesia de la Asunción, de Navarrete del Río. Ermita de Santa Margarita, de Navarrete del Río. Lavadero de Lechago. Lavadero de Luco de Jiloca.
Las actuaciones proyectadas son el refuerzo de la cimentación, normalmente afectada por las humedades a lo largo de los años, de la propia estructura o fábrica y, sobre todo, el arreglo de las cubiertas, en mal estado en casi todos los casos. Asimismo, se prevé un acondicionamiento y puesta en valor de su contenido interior. Actuación n.º 6: Depuración de aguas residuales en los núcleos.
Se proyecta la depuración de las aguas residuales de los tres núcleos. Como consecuencia de las distancias existentes y de la orografía de la zona, y tras las consultas habidas con el Instituto Aragonés del Agua, organismo perteneciente a la Diputación General de Aragón y que actualmente gestiona sus competencias para el desarrollo, promoción y sostenimiento de las infraestructuras de depuración de aguas residuales dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, se ha adoptado como solución más adecuada la de emplazar una depuradora individual para Luco de Jiloca, ubicada en sus inmediaciones, y una depuradora conjunta para Lechago y Navarrete del Río, en una zona intermedia entre ambas localidades.
Las aguas residuales de ambas estaciones depuradoras seguirán la siguiente línea de transporte y tratamiento:
Captación del punto final de vertido de la red de saneamiento.
Obra de llegada (estación E.B.A.R.). Proceso de desbaste. Bombeo de las aguas hasta la estación depuradora. Filtrado. Desarenado. Medición de caudales. Tratamiento biológico. Decantación secundaria. Recirculación de fangos. Extracción de fangos sobrantes. Espesado de fangos. Arqueta de salida. Emisario de salida.
Actuación n.º 7: Revestimiento de acequias y acondicionamiento de caminos, en Navarrete del Río.
Se proyecta el revestimiento de acequias mediante canaleta prefabricada de hormigón y tubería en zanja de diámetros 300 mm y 400 mm, según tramos. Asimismo, se considera el acondicionamiento de tres caminos existentes.
Otras actuaciones: Restauración de vertederos. Además, se proyecta la restauración de los vertederos en los que se depositen los materiales sobrantes procedentes de las excavaciones y demoliciones necesarias para la ejecución del presente proyecto. Desde el punto de vista ambiental la actuación no corresponde a ninguna de las incluidas en el Anexo I, ni en el Anexo II de la Ley 6/2001. Se ha redactado una Ficha de Información Ambiental, incluida en el Anejo n.º 8 del Proyecto, que fue remitida a la Diputación General de Aragón para su consideración. El 17 de enero de 2007, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental emitió informe Favorable, con un Condicionado a tener en cuenta durante en la obra. El Proyecto recoge en su Anejo número 9 el correspondiente Estudio de Seguridad y Salud. Los núcleos afectados por el conjunto de las obras son Lechago, Luco de Jiloca y Navarrete del Río, todos ellos pertenecientes al municipio de Calamocha.
3. Conclusión.-Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («B.O.E.» de 27 de noviembre, número 285), así como con lo dispuesto en los artículos 3 del Real Decreto 1302/1986 y 15 de su reglamento, y para general conocimiento de los propietarios de los bienes afectados por la expropiación, se somete a Información Pública el «Proyecto 08/06 de Restitución Territorial por las obras del embalse de Lechago, 1.ª parte y Adenda 08/07 n.º 1 (TE/Calamocha)» y la Relación de Bienes y Derechos afectados por las obras, por un plazo de treinta (30) días naturales y consecutivos, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Nota-Anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial de la Provincia de Teruel». A los efectos del plazo final vigente, se considerará la Nota-Anuncio publicada en fecha más avanzada.
A tal fin, la documentación consistente en el Proyecto y Adenda y en la relación de bienes y derechos afectados estará expuesta al público durante el plazo indicado en horas hábiles, en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Ebro en Zaragoza, Paseo de Sagasta, 24-28, y en el Ayuntamiento de Calamocha.
Todas las entidades y particulares interesados podrán dirigir a la Confederación Hidrográfica del Ebro, por escrito, las alegaciones y observaciones que estimen pertinentes dentro del plazo indicado. En todo escrito se hará constar el nombre, apellidos, D.N.I., domicilio, localidad del reclamante o cuando las reclamaciones se realicen en nombre de una entidad (Ayuntamiento, Comunidad, Asociación) deberá acreditarse documentalmente el cargo o representación de quien encabece. Los documentos que no reúnan dichos requisitos no serán tenidos en cuenta.
Zaragoza, 30 de octubre de 2007.-El Director Técnico, Fermín Molina García.
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