Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, a instancia de Infraestructuras de Alta Tensión, Sociedad Anónima (INALTA), con domicilio en Madrid, Avenida de Burgos número 8, solicitando la declaración de utilidad pública de la instalación arriba citada. Resultando que a los efectos previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la petición de declaración de utilidad pública ha sido sometida a información pública, no presentándose alegaciones ni oposición alguna durante el período reglamentariamente establecido. Resultando que de conformidad con el artículo 144 del citado Real Decreto 1955/2000, el anuncio de información pública fue publicado en el Boletín Oficial del Estado número 239, de 6 de octubre de 2006, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 268, de 10 de noviembre de 2006 y en el diario «El Mundo» de 28 de septiembre de 2006, y expuesto en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid, recibiéndose certificación acreditativa del Ayuntamiento en la que no consta que se haya presentado alegación alguna. Resultando que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, se enviaron separatas del proyecto al Ayuntamiento de Madrid, al Ministerio de Fomento (Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad de Madrid), a Auna, a B.T. Ignite España, Sociedad Anónima Unipersonal, al Canal de Isabel II, a Gas Natural, a Telefónica y a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid solicitando el correspondiente informe, no presentándose oposición al proyecto. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid. Considerando que el soterramiento de las líneas fue autorizado por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 4 de diciembre de 2006, aprobándose el proyecto de ejecución por Resolución de la misma fecha. Considerando que la titularidad de las líneas eléctricas a 220 kV «Vicálvaro-Morata» y «Vicálvaro-San Sebastián de los Reyes-Villaverde» hasta la subestación de La Estrella, corresponde a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima (REE), en virtud de la Resolución de esta Dirección General de fecha 24 de julio de 2006, por la que se transfieren a REE la totalidad de los activos de transporte propiedad de INALTA. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:
Declarar la utilidad pública a los efectos previstos en el Título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, del soterramiento desde el apoyo número 5 de las líneas eléctricas a 220 kV «Vicálvaro-Morata y «Vicálvaro-Sebastián de los Reyes-Villaverde» hasta la subestación de La Estrella, cuyas características principales son: Trazado: Todo el trazado de la línea discurre por la provincia de Madrid, afectando al término municipal de Madrid, y, más concretamente, a los distritos de Retiro, Salamanca, Ciudad Lineal, Moratalaz, San Blas y Vicálvaro.
El tramo subterráneo tiene una longitud de 5.452 metros en doble circuito y dos ramales en simple circuito, uno de ellos con 195,7 metros de longitud y otro con 156,4 metros. Se distinguen los siguientes tramos:
Tramo 1: Cada uno de los circuitos parte de un apoyo de transición aéreo-subterráneo de tipo 22S190 y discurre por una zanja de simple circuito (de 196 y 156 metros de longitud, respectivamente) hasta que se encuentran.
Tramo 2: A partir del punto en el que la zanja pasa a ser doble, los dos circuitos cruzan la Avenida de Canillejas a Vicálvaro y continúan en paralelo a la M-40 por la zona ajardinada hasta el punto en que se cruzará dicha carretera. Tramo 3: Cruce mediante perforación dirigida de la carretera M-40 en el P.K. 12,9. Tramo 4: A la salida de la perforación dirigida ambos circuitos continúan por la calle Versalles hasta llegar a la intersección con la calle de los Hermanos García Noblejas. Continúan por la calle Malmoe hasta la altura de la calle Postdam y siguen por la zona ajardinada en paralelo a la carretera M-23 hasta llegar al cruce con la calle de Fuente Carrantona. Tramo 5: A continuación se dirigen por la zona de dominio público de la carretera M-23, paralelos a la misma, entre ésta y el cementerio de La Almudena hasta llegar a la calle del Arroyo de la Media Legua. Tramo 6: Una vez que se cruza la calle del Arroyo de la Media Legua la canalización continúa por el Parque de La Elipa hasta llegar a la calle de Félix Rodríguez de la Fuente. Tramo 7: Al llegar a la altura de la M-30 por la calle Félix Rodríguez de la Fuente se cruza la M-30 en el PK 9,2 (nudo de O'Donnell), que se realizará de nuevo mediante perforación dirigida. Tramo 8: Tras cruzar la M-30 ambos circuitos continúan por la calle del Alcalde Sainz de Baranda hasta entrar a la subestación de La Estrella.
Características técnicas:
Conductores: Cables de cobre de 1x2.000 mm2.
Tipo de Aislamiento: XLPE-PE. Conductores: Cuerda redonda segmentada de hilos de cobre de 56,5 mm. de diámetro. Semiconductor interno: Capa de compuesto de semiconductor extruido de 1,5 mm de espesor. Aislamiento: XLPE, polietileno reticulado en seco de 106 mm de diámetro. Semiconductor externo: Capa de compuesto de semiconductor extruido sobre aislamiento y adherido al mismo. Pantalla metálica: Corona de hilos de cobre de 280 mm2. Contraespira: Cinta metálica. Cubierta exterior: Poliolefina termoplástica.
Empalmes:
Se realizarán cámaras de empalme intermedias de doble circuito.
El conexionado de las pantallas será de tipo CROSS-BONDING. Instalación de dos apoyos de transición aéreo-subterráneos, uno por circuito.
Pararrayos:
Se instalarán en los apoyos de transición aéreo-subterráneos pararrayos de óxido metálico sin explosores.
La finalidad de la instalación es mejorar sustancialmente la fiabilidad del suministro de la red de alta tensión y permitir la alimentación de los nuevos desarrollos urbanísticos.
Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículos 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Madrid, 12 de noviembre de 2007.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid