Desconociéndose el actual domicilio de D. Rafael Cabezudo de Miguel-Sanz, hijo del que fuera titular del contrato de cesión de uso de la vivienda militar, sita en Avda. Torres Villarroel, n.º 63, B-2, de Salamanca, D. Rafael Cabezudo Rodríguez, por no hallársele en la misma, se le hace saber que, por el Director General Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, se ha incoado expediente para el ejercicio del desahucio de la vivienda, con fecha 30 de noviembre de 2007, y que se ha formulado con la misma fecha, Pliego de Cargos por la causa de resolución de contrato de vivienda militar contemplado en el artículo 10.1, letra g) («El fallecimiento del titular si no existen beneficiarios definidos en su artículo 6 o el de éstos, en su caso.») de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 142 al 144 del Real Decreto 2114/68, de 24 de julio, por el que se aprobó el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, podrá formular por escrito las alegaciones y aportar las pruebas que considere convenientes a su derecho, durante el plazo de ocho días contados a partir del día siguiente a la presente publicación.
Madrid, 18 de diciembre de 2007.-La Instructora, Cristina Úbeda Murillo.
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