Por Resolución de fecha 26 de julio de 2006 de la Subdirección General de Conservación y Explotación se aprueba técnicamente la modificación número 1 de las obras de referencia y por resolución complementaria de 11/12/06 de este mismo órgano, se ordena a esta Demarcación de Carreteras la incoación del expediente de expropiación correspondiente. Es de aplicación la Ley 24/2001, de 27 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 31 de diciembre), a cuyo tenor se modifica el artículo 8 de la Ley de Carreteras 25/1988, de 29 de julio, de forma que la aprobación de los proyectos de carreteras estatales implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación, de los bienes afectados por la expropiación forzosa a que dé lugar la construcción de la obra. La tramitación del correspondiente expediente expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, al procedimiento de urgencia previsto en los artículos 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957. En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso de las facultades que le otorga el artículo 98 de la LEF y atendiendo a lo señalado en las reglas 2.ª y 3.ª de su artículo 52, ha resuelto convocar a los propietarios que figuran en la relación que se hará pública en los diarios de Cantabria («El Diario Montañés» y «Alerta») y que se encuentra expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Camargo, así como en el de esta Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria, para que asistan al levantamiento de las actas previas a la ocupación en el lugar, día y hora que a continuación se indica: Término municipal: Camargo. Lugar: Ayuntamiento de Camargo. Día 12 de marzo de 2007, de 11:00 a 13:00 horas. Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en el «Boletín Oficial de Cantabria» y en el «Boletín Oficial del Estado». Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero. A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar, a su costa, de Peritos y Notario. Conforme establece el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación, los interesados podrán formular, por escrito, ante esta Demarcación de Carreteras (calle Vargas, 53, 9.ª planta, 39071, Santander), alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados y bienes afectados podrán ser consultados en las dependencias antes citadas.
Santander, 7 de febrero de 2007.-El Jefe de la Demarcación, Vicente Revilla Durá.
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