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Documento BOE-B-2007-46101

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, S. A. la ampliación del sistema de 220 kV de la subestación a 220/132/66/45/20 kV de «Meco» (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 2007, páginas 2058 a 2059 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2007-46101

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, a instancia de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., con domicilio en Madrid, Avda. de Burgos, 8-B, solicitando la autorización administrativa de la instalación arriba citada. Resultando que la petición de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. ha sido sometida a información pública a los efectos previstos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no presentándose alegación ni oposición alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que el anuncio de información pública ha sido expuesto en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Meco, recibiéndose certificación acreditativa de la exposición durante el plazo reglamentario y en la que no consta que se hayan presentado alegaciones ni oposición al proyecto. Resultando que de acuerdo con lo previsto en el artículo 127 del Real Decreto 1955/2000 y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, se solicitó informe al Ayuntamiento de Meco, quien emite informe favorable. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid. Visto el escrito de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. de fecha 26 de octubre de 2005, en el que manifiesta que debido a un error, la solicitud de autorización para la ampliación presentada a su nombre debería haberse efectuado a favor de Infraestructuras de Alta Tensión, S.A. (INALTA), solicitando que la autorización sea otorgada a esta sociedad que es la propietaria del sistema de 220 kV. Considerando que la tramitación del expediente habría sido la misma siendo una y otra sociedad la peticionaria. Vista la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 24 de julio de 2006 por la que se autoriza la transmisión de titularidad de todos los activos de Infraestructuras de Alta Tensión, S.A. (INALTA) a favor de Red Eléctrica de España, S.A. Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 18 de enero de 2007. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a Red Electrica de España, S. A., la ampliación del sistema de 220 kV de la subestación a 220/132/66/45/20 kV de «MECO», en la provincia de Madrid, que consiste básicamente en: Construcción y equipamiento de una posición de transformador.

La finalidad de la ampliación del sistema de 220 kV es mejorar con garantías de seguridad y regularidad, la calidad del servicio y ampliar la infraestructura necesaria para el abastecimiento eléctrico en la zona de Meco.

Esta instalación no se podrá comenzar a construir mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación del proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en el plazo máximo de nueve meses, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4.º del Real Decreto 2351/2004, por que se modifica el procedimiento de resolución de restricciones técnicas y otras normas reglamentarias del mercado eléctrico. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto se procederá por el peticionario de la autorización a cumplir lo que para concesión de prórroga se ordena en el Capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, pudiendo realizarse exclusivamente las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de la instalación que se contemplan en el artículo 4.º del Real Decreto 2351/2004, de 23 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 30 de enero de 2007.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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