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Documento BOE-B-2007-50080

Anuncio de la Demarcación de Costas en Murcia de la notificación de la Orden Ministerial de fecha 29 de diciembre de 2006 aprobando el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos seis mil cuatrocientos sesenta y dos (6.462) metros de longitud, que comprende desde el Cabo de Agua hasta el límite con el término municipal de La Unión, excepto la playa del Gorguel, en el término municipal de Cartagena (Murcia). Referencia: DL-74-MU.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2007, páginas 2259 a 2259 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2007-50080

TEXTO

Para los propietarios colindantes y los interesados desconocidos o ausentes que se hallan afectados por el expediente de deslinde mencionado, y cuya notificación personal ha resultado infructuosa, se procede a notificar la Orden Ministerial de 29 de diciembre de 2006 aprobatoria del citado expediente de deslinde, de acuerdo con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común (LRJ y PAC) sobre notificaciones a interesados cuanto éstos sean desconocidos o ausentes o se ignore su domicilio: La Dirección General de Costas, por delegación de la Excma. Sra. Ministra, y de conformidad con el servicio jurídico, ha resuelto:

«I) Aprobar el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos seis mil cuatrocientos sesenta y dos (6.462) metros de longitud, que comprende desde el Cabo de Agua hasta el límite con el término municipal de La Unión, excepto la playa del Gorguel, en el término municipal de Cartagena (Murcia), según se define en los planos fechados en febrero de 2006 y firmados por el Jefe de la Demarcación y por el Jefe de la Sección Técnica de Dominio Público.

II) Ordenar a la Demarcación de Costas de este Departamento en Murcia que inicie las actuaciones conducentes a rectificar las situaciones jurídicas registrales contradictorias con el deslinde aprobado. III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar la correspondiente concesión a aquellos titulares de terrenos que pudieran acreditar su inclusión en alguno de los supuestos contemplados en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 22/1988, de Costas.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes ante la Excma. Sra. Ministra de Medio Ambiente o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución».

Murcia, 1 de febrero de 2007.-La Jefe de la Demarcación, Francisca Baraza Martínez.

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