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Documento BOE-B-2007-50084

Resolución de la Dirección General de Energía y Minas por la que se autoriza el cambio de denominación de la Concesión de Explotación para agua mineral natural «VERI», n.° 1982, y del sondeo asociado a la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2007, páginas 2260 a 2261 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-B-2007-50084

TEXTO

Por Resolución del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo de Huesca, de fecha 14 de julio de 2000, se autoriza, a favor de Aguas de San Martín de Veri, S.A., el aprovechamiento del agua mineral-natural del Sondeo «VERI», ubicado dentro del perímetro de protección de la Concesión de Explotación «VERI» n.° 1982, sito en el término municipal de Bisaurri, en la provincia de Huesca. Con fecha 25 de septiembre de 2006, Aguas de San Martín de Veri, S.A., en su condición de titular, solicita ante el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo en Huesca el cambio de denominación de la Concesión de Explotación «VERI» a fin de que pase a denominarse «VERI I»; y que el sondeo conocido como «VERI», cuyas coordenadas UTM son X=296031, Y=4705.564 y Z=1435 (Huso 31), pase a denominarse «VERI I». Vista la Ley de Minas de 21 de julio de 1973; el Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por el Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto; el Real Decreto 539/84, de 8 de febrero, y demás disposiciones reglamentarias. Visto el escrito de 19 de enero de 2007 del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo en Huesca, que se expresa en términos de no oposición a las solicitudes planteadas. Esta Dirección General de Energía y Minas resuelve:

Primero.-Autorizar el cambio de denominación de la Concesión de Explotación para agua mineral natural «VERI», n.° 1982, por la de Concesión de Explotación «VERI I», n.° 1982.

Segundo.-Autorizar el cambio de denominación del Sondeo «VERI», por la de Sondeo «VERI I».

Para el aprovechamiento de las aguas con las nuevas denominaciones, deberá contarse con la aprobación de la Autoridad Sanitaria en relación con el etiquetado de las mismas.

Notifíquese a las partes ineteresadas y practíquense las inscripciones y publicaciones oportunas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes según lo previsto en el artículo 58.1 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Zaragoza, 15 de febrero de 2007.-El Director General de Energía y Minas, Francisco Melero Crespo.

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