Desconociéndose el domicilio actual de doña Isabel Corral Jam, procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En consecuencia, a continuación se transcribe, para que sirva de notificación, extracto de la Resolución recaída en la solicitud de responsabilidad patrimonial derivada del artículo 41 de la Ley 30/1992, instada por la citada interesada. El Director de la Agencia Española de Protección de Datos acuerda:
Primero: Inadmitir la solicitud de exigencia de responsabilidad a que se refiere el artículo 41 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, presentada por doña Isabel Corral Jam el día 23 de octubre de 2006.
Segundo: Notificar la presente resolución a doña Isabel Corral Jam, con domicilio conocido en c/ Fermín Caballero, 58, 6.º D, 28029 Madrid. Tercero: Dar traslado de la presente resolución a la Subdirección General de Inspección de Datos.
Cuarto: Advertir a doña Isabel Corral Jam que contra esta resolución se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto según lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta del referido texto legal.
Madrid, 23 de febrero de 2007.-El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, José Luis Piñar Mañas.
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