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Documento BOE-B-2007-7078

Anuncio de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Cádiz por la que se somete a información pública la solicitud de aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública del denominado «Anexo al Proyecto de Autorización para Ejecución de Instalaciones del Gasoducto Costa Noroeste de Cádiz (Fase I)», en el término municipal de El Puerto de Santa María (Cádiz). Exp. GAS-4/05.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2007, páginas 254 a 254 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2007-7078

TEXTO

A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, en relación con los artículos 17 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 56 de su Reglamento (Decreto de 26 de abril de 1957), se somete a información pública el proyecto cuyas características se detallan a continuación:

Peticionario: Endesa Gas Transportista, S.L., con domicilio a efectos de notificaciones en Zaragoza, C/ Aznar Molina, 2 (C.P. 50002).

Objeto de la petición: Aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública del denominado «Anexo al Proyecto de Autorización para Ejecución de Instalaciones del Gasoducto Costa Noroeste de Cádiz (Fase I)», en el término municipal de El Puerto de Santa María (Cádiz). Descripción de las instalaciones:

Modificación del trazado entre los vértices 20 y 21, en concreto, entre el P.K. 6.299,34 y el P.K. 6.964,31, del proyecto denominado «Gasoducto Costa Noroeste de Cádiz (Fase I)», en los términos municipales de El Puerto de Santa María y Rota (Cádiz), aprobado por Resolución de esta misma Delegación Provincial, de 17 de octubre de 2006, y que tiene por objeto dejar libre la zona de afección a la Reserva Natural del Complejo Endorreico de El Puerto de Santa María, cumpliendo así con el condicionado impuesto en la Declaración de Impacto Ambiental de 19 de julio de 2006. Variación de longitud: aumento de 318,50 metros.

Permanecen todas las características de materiales, presión, diámetro y espesor de tuberías. La afección a fincas de propiedad privada derivada de la construcción del gasoducto y sus instalaciones, se concreta en la siguiente forma:

Uno.-Expropiación forzosa de los terrenos sobre los que se han de construir los elementos de instalación fija en superficie.

Dos.-Para las canalizaciones:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso a lo largo del trazado de la conducción, con una anchura de cuatro metros, dos a cada lado del eje, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción de gas. Esta servidumbre que se establece estará sujeta, además a las siguientes limitaciones al dominio. 1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a dos metros, a contar del eje de la tubería.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que pudiere dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a diez metros del eje del trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que fije el Órgano competente de la Administración. 3. Libre acceso del personal y equipo necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen. 4. Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

b) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, de la franja que se reflejará para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines. Tres.-Para el paso de los cables de conexión y elementos dispersores de protección catódica:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de un metro de ancho, por donde discurrirán enterrados los cables de conexión. Para los lechos dispersores de la protección catódica, la franja de terreno donde se establece la imposición de servidumbre permanente de paso, tendrá como anchura, la correspondiente a la de la instalación más un metro a cada lado. Estas franjas estarán sujetas a las siguientes limitaciones: Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros, a plantar árboles o arbustos y realizar cualquier tipo de obras, construcción o edificación a una distancia inferior a metro y medio, a cada lado del cable de conexión o del límite de la instalación enterrada de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que hubiera a distancia inferior a la indicada.

Libre acceso del personal y elementos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago en su caso, de los daños que se ocasionen.

b) Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se reflejará para cada finca en los planos parcelarios de expropiación, y en la que se podrá hacer desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que puedan examinar el expediente en esta Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal, s/n, Edificio Junta de Andalucía (CP 11008) y presentar, por triplicado ejemplar, las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Los planos parcelarios podrán ser igualmente consultados en los Ayuntamientos afectados.

Cádiz, 14 de noviembre de 2006.-La Delegada de Innovación, Ciencia y Empresa, Angelina María Ortiz del Río.

RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS.PROYECTO: ANEXO AL PROYECTO DE AUTORIZACIÓN PARA EJECUCIÓN DE INSTALACIONES DEL GASODUCTO COSTA NOROESTE DE CÁDIZ (FASE I)

Término municipal de El Puerto de Santa María

Finca

Titular

Domicilio

Localidad

Provincia

SE

SP

OT

POL

PAR

Naturaleza

CA-PU-231/1-V

Antonio Tejero Jiménez.

C/ Varilargueros, 9.

El Puerto Santa María.

11500 Cádiz.

41

579

7

26

Labor secano.

CA-PU-231/2-V

Juan Rodríguez Domínguez.

C/ Trasbolsa, 16.

Sanlúcar de Barrameda.

11540 Cádiz.

63

844

7

23

Viña secano.

CA-PU-231/3-V

Sebastián Torrejón Colón.

C/ Arcos.

Jerez de la Frontera.

Cádiz.

215

2.989

7

20

Labor secano.

CA-PU-232-V

José Salgado Torres.

C/ La Plata.

Sanlúcar de Barrameda.

11540 Cádiz.

112

1.615

7

22

Labor secano.

Abreviaturas utilizadas: SE: m2-Expropiación en dominio; SP: ml-Servidumbre de paso; OT: m2-Ocupación temporal; POL: Polígono; PAR: Parcela.

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