Desconociéndose el actual domicilio de don Pedro Luis Vázquez Pérez Gorostiaga, por no hallársele en el del Poblado Naval, zona 11, número 2360, de Rota (Cádiz), se le hace saber por el Director general Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, en las actuaciones previas al expediente que en su caso se incoe, que se ha dictado con fecha de 8 de febrero de 2007, requerimiento de desalojo, por la causa de resolución de contrato contemplada en el artículo 9.b) («Cambio de destino cuando implique cambio de localidad o área geográfica o, según lo establecido en el apartado 1 del artículo 8 de esta Ley, cuando la vivienda esté vinculada al citado destino») de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.2 del Real Decreto 991/2000, de 2 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/1999, de 9 de julio, mediante el presente escrito se le requiere para que proceda a desalojar voluntariamente la citada vivienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del mismo, dado que en caso contrario, al amparo de lo previsto en el artículo 19.2 del Real Decreto 991/2000, de 2 de junio, se incoará el correspondiente expediente administrativo de desahucio.
Madrid, 12 de marzo de 2007.-La Jefe de la Subunidad, Cristina Úbeda Murillo.
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