Contido non dispoñible en galego
Desconociéndose el actual domicilio de don Manuel Barral Nuño, por no hallársele en el de la calle Pizarra, número 5, 7.º A, de Madrid, se le hace saber que por la Instructora del expediente administrativo de desahucio que contra el mismo se instruye en el Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, por la concurrencia de la causa de desalojo de vivienda prevista en el artículo 10.1.g) de la Ley 26/1999 de 9 de julio («Fallecimiento del titular si no existen beneficiarios definidos en el artículo 6, o el de éstos, en su caso»), se ha formulado con fecha 24 de enero de 2007, Propuesta de Resolución en la que, por considerar que queda acreditada la concurrencia de la causa antes citada, se propone la resolución del contrato, con el consiguiente lanzamiento de los ocupantes, y contra la que el interesado podrá formular las alegaciones y aportar las pruebas que considere convenientes a su derecho, durante el plazo de ocho días, a partir del siguiente al de la presente publicación.
Madrid, 12 de marzo de 2007.-La Instructora, Cristina Úbeda Murillo.
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