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Documento BOE-B-2007-74143

MORGAN STANLEY GESTIÓN SGIIC, S. A. Sociedad unipersonal

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2007, páginas 3544 a 3544 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2007-74143

TEXTO

Anuncio de acuerdo de disolución Prudfondo Variable Fi. Prudfondo Renta Fija Fi

Por la presente «Morgan Stanley Gestión Sgiic, S.A., Sociedad Unipersonal» como entidad gestora y «Santander Investment, S.A.» como entidad depositaria de los Fondos «Prudfondo Variable, Fi» y «Prudfondo Renta Fija, Fi» comunican que con fecha 23 de febrero de 2007 las mencionadas entidades han acordado la disolución con liquidación de los mencionados Fondos. . En cumplimiento del artículo 33 del Real Decreto 1309/2005 de 4 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 35/2003 de 4 de noviembre de Instituciones de Inversión Colectiva, una vez disueltos los fondos y publicada la disolución por parte de CNMV, se abrirá el período de liquidación, quedando suspendido el derecho de reembolso y de suscripción de participaciones. La Sociedad Gestora, con el concurso del depositario, actuará de liquidador y procederá con la mayor diligencia y en el más breve plazo posible a enajenar los valores y activos de los fondos y a satisfacer y percibir los créditos. . Una vez realizadas estas operaciones se elaborarán los correspondientes estados financieros y se determinará la cuota que corresponda a cada partícipe. . Dichos estados financieros serán verificados en la forma prevista en la Ley y en Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva. El Balance y la Cuenta de Resultados de cada uno de los Fondos serán publicados en el Boletín Oficial del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación del domicilio de la Sociedad Gestora. . Transcurrido el plazo de 1 mes a partir de la fecha de su publicación sin que hubiera habido reclamaciones, se procederá al reparto del patrimonio entre los partícipes. Las cuotas no reclamadas en el plazo de 3 meses se consignarán en depósito en la Caja General de Depósitos, quedando a disposición de sus legítimos dueños. .

Una vez efectuado el reparto total del patrimonio, la Sociedad Gestora y el Depositario solicitarán la cancelación de los asientos referentes a los Fondos en el registro de la CNMV que corresponda y, en su caso, en el Registro Mercantil.

Madrid, 20 de marzo de 2007.-Morgan Stanley Gestión Sgiic, S.A. Sociedad Unipersonal.-El Secretario del Consejo, Marta Olavarría García-Perrote.-15.765.

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