Está Vd. en

Documento BOE-B-2007-77130

Anuncio de Resolución definitiva del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras aceptando la renuncia a la ayuda otorgada a la empresa Ferrolleida, S. L. por Resolución de 22 de noviembre de 2004. (Expediente 2004-0168).

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 30 de marzo de 2007, páginas 3711 a 3711 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2007-77130

TEXTO

Antecedentes

Ferrolleida, S. L., presentó, en tiempo y forma, una solicitud de ayuda para un proyecto de inversión empresarial generador de puestos de trabajo, localizado en Pol. Ind. 9. Seros, Varias de Lleida (Lleida) cuyo objeto consiste en ampliación de una empresa dedicada a la elaboración de armaduras pasivas para hormigón armado y montaje en obra.

Mediante Resolución, de fecha 22/11/2004 se concedió una ayuda por importe máximo de hasta 737.784,00 € sobre inversión subvencionable de 7.377.842,44 €, con un compromiso de creación de 30 nuevos puestos de trabajo. Posteriormente, con fecha de entrada en el registro del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo de 15 de septiembre de 2006, el promotor ha presentado su renuncia a la ayuda puesto que el proyecto finalmente no se va a llevar a cabo.

Fundamentos de Derecho

Primero.-El Real Decreto 492/1998, de 27 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto, que atribuye a su Presidente la facultad de otorgar ayudas y subvenciones.

Segundo.-La Orden de 17 de diciembre de 2001, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las comarcas mineras. Tercero.-El Artículo 90 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, establece que: «Todo interesado podrá desistir de su solicitud, o, cuando ello no esté prohibido por el Ordenamiento Jurídico, renunciar a sus derechos».

Sobre la base de lo anteriormente expuesto, este Órgano competente, resuelve:

Aceptar la renunciar presentada por Ferrolleida, S. L., a la subvención comunicada mediante Resolución de concesión de fecha 22 de noviembre de 2004.

Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso potestativo de reposición, en un plazo de un mes contado desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 c de la Ley 29/98 Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Madrid, 19 de marzo de 2007.-El Gerente del Instituto, Eduardo Fernández Marina.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid