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Documento BOE-B-2007-78084

COMISIONES OBRERAS DE CANTABRIA

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 31 de marzo de 2007, páginas 3758 a 3759 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2007-78084

TEXTO

Publicación ordenada por el Tribunal de Defensa de la Competencia en cumplimiento de la Resolución del TDC de 29 de enero de 2007

«Tribunal de Defensa de la Competencia El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC), con fecha 29-01-07, ha dictado la siguiente Resolución en el expediente 607/06, Ayuda a Domicilio, (2602/05 del Servicio de Defensa de la Competencia) iniciado por la Dirección General de Defensa de la Competencia en virtud de denuncia formulada por el Ayuntamiento de Torrelavega, contra Comisiones Obreras de Cantabria y la Asociación de Servicios de Ayuda a Domicilio de Cantabria (ASADC), por supuestas prácticas restrictivas de la competencia contrarias a la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia.

En el expediente citado se ha dictado Resolución en fecha, 29-01-07, cuya parte dispositiva dice:

Primero.-Declarar que está acreditada la comisión de una infracción del artículo 1 de LDC por la fijación del precio mínimo y obligatorio al que las empresas del sector de ayuda a domicilio de Cantabria deben ofertar sus servicios en el Convenio para 2004-2005, de la que son responsables Comisiones Obreras de Cantabria y la Asociación de Ayuda a Domicilio de Cantabria.

Segundo.-Imponer sendas multas de tres mil euros a Comisiones Obreras de Cantabria y a la Asociación de Servicios de Ayuda a Domicilio de Cantabria. Tercero.-Instar a Comisiones Obreras de Cantabria y a la Asociación de Servicios de Ayuda a Domicilio de Cantabria a que no lleven a cabo esta conducta de nuevo en el futuro. Cuarto.-Imponer a Comisiones Obreras de Cantabria y a la Asociación de Servicios de Ayuda a Domicilio de Cantabria la obligación de publicar, a su costa, la parte dispositiva de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín de la Comunidad Autónoma de Cantabria y en uno de los diarios de mayor difusión de Cantabria. Quinto.-Por cada día de retraso en la publicación a partir del día siguiente a la fecha de notificación se sancionará con sendas multas de 600 euros diarios a Comisiones Obreras de Cantabria y a la Asociación de Servicios de Ayuda a Domicilio de Cantabria.

Comuníquese esta Resolución al SDC y notifíquese a los interesados, haciéndoles saber que la Resolución agota al vía administrativa y que, por tanto, contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de su notificación.»

Santander, 22 de marzo de 2007.-El Secretario General Comisiones Obreras de Cantabria, Javier Puente González.-16.336.

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