En relación con el asunto, el Director General de Carreteras ha resuelto, con fecha 1/06/2006, lo siguiente:
I. Informar favorablemente el «Estudio de delimitación de la línea límite de edificación en el tramo urbano de la Autopista AP-9, del Atlántico correspondiente a la actuación industrial Vilar do Colo, en los términos municipales de Fene y Cabañas (A Coruña), elaborado por la Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES) en mayo de 2005 y modificado en diciembre de 2005.
II. Fijar provisionalmente la línea límite de edificación a las distancias descritas en el punto n.º 4, titulado «Propuesta de delimitación de la línea límite de edificación» y trazada la referida línea en el plano n.º 5 del estudio anteriormente citado, debiendo ser expuesta la documentación a información pública conforme los artículos 85.4 y 124.3 del Reglamento General de Carreteras (R.D. 1812/1994, de 2 de septiembre, B.O.E. 25.09.94) y la disposición transitoria segunda del mismo.
La presente Resolución, del Director General de Carreteras, no agota la vía administrativa, por lo que, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación del Departamento, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, sin perjuicio del recurso extraordinario de revisión en los casos previstos en el artículo 118 de la Ley 30/1992 modificada por la Ley 4/1999 y dentro de los plazos que según el motivo de impugnación que corresponda, se establecen en el citado artículo.
El expediente puede examinarse en horas hábiles en las dependencias de esta Demarcación de Carreteras, en la calle Concepción Arenal, n.º 1 1.º, A Coruña.
A Coruña, 11 de enero de 2007.-El Jefe de la Demarcación, Ángel González del Río.
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