Por resolución de fecha 10 de enero de 2006 de esta Confederación Hidrográfica del Duero, se transfirió a la Minicentral Granja Florencia, S.L. con CIF B-82.962.176, la titularidad de la concesión de un aprovechamiento hidroeléctrico en el río Duero, cuyas obras se declararon de utilidad pública a efectos de expropiación forzosa de bienes afectados, en virtud de lo acordado en la cláusula quinta de la resolución de Confederación Hidrográfica del Duero de 12 de junio de 2000. Dicha sociedad ha presentado la relación que determina el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, de bienes a expropiar para la explotación del referido aprovechamiento, en el término de Toro (Zamora), así como la relación de sus propietarios respectivos; relaciones que se hacen públicas insertándolas a continuación, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 18 y 19 de la mencionada Ley, y 17 y 18 de su Reglamento, a fin de que, en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, pueda cualquier persona rectificar posibles errores en la relación u oponerse por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación de los bienes. Dichos escritos podrán cursarse por conducto de la alcaldía de Toro, o presentarse en las oficinas de esta Confederación Hidrográfica del Duero, C/ Muro 5, Valladolid. Relación de propietarios y bienes afectados por el aprovechamiento hidroeléctrico en el paraje «Granja Florencia»:
Término municipal: Toro. Parcela: 5055. Polígono: 502. Propietario: D. Pedro Lucas del Teso. Domicilio: Toro. Clase de terreno: Rústico. Superficie afectada: 15.900 m².
Valladolid, 15 de marzo de 2007.-La jefe de Área de Régimen de Usuarios, Concepción Valcárcel Liberal.
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