El Ayuntamiento de la Villa de Riaza (Segovia), ha solicitado la imposición de servidumbre forzosa de acueducto, sobre la parcela 52, Polígono 5, propiedad de don José Luis García, en Riofrío de Riaza. Dicha servidumbre tiene por objeto la conducción que va desde la presa hasta los depósitos de Riaza, conducción para el abastecimiento de la localidad. El recorrido de la tubería de PVC a su paso por la parcela 52, polígono 5 del municipio de Riofrío de Riaza es de 20,00 m de longitud. La superficie afectada por la servidumbre de paso es de 22 m2 y la superficie objeto de ocupación temporal para la realización de las obras es de 80 m2.
Lo que comunico de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, concediéndose un plazo de quince días, contados a partir de la notificación de la presente, para que pueda formular ante esta Confederación las alegaciones que estime oportunas.
Valladolid, 23 de enero de 2007.-La Jefa del Área de Régimen de Usuarios, Concepción Valcárcel Liberal.
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