Con fecha 31 de octubre de 2006 el Sr. Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, por delegación de la Sra. Ministra de Fomento (Resolución Delegación de Atribuciones 30-05-96) ha resuelto lo siguiente:
«Visto el informe de la Dirección General de Carreteras sobre el estudio informativo de referencia y en uso de la competencia establecida en la Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo de 1996, resuelvo: 1. Declarar que el expediente de información pública reseñado en el asunto cumple con lo preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 del vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994 de 2 de septiembre).
2. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el estudio informativo de clave EI-2-LO-10 «Carretera N-232 de Vinaroz a Santander. Variante Fuenmayor» seleccionando como alternativa a desarrollar en el proyecto de construcción la solución 1 del estudio, consistente en una variante por el sur de la población de 8.538 m. de longitud, sección de dos calzadas de 7 m. con arcenes de 2,5 y 1,5 m. por calzadas, mediana de 3 m. y un presupuesto base de licitación de 27,715 M. de euros. 3. En el proyecto de construcción que desarrolle el presente estudio se considerarán las siguientes prescripciones:
3.1 Se tendrán en cuenta las medidas correctoras incluidas en la Declaración de Impacto Ambiental (publicada en el BOE de 13 de julio de 2006).
3.2 Se estudiará la conexión de entrada a Fuenmayor utilizando la vía actual «recta» de Fuenmayor proyectando el carril de trenzado que requiere. 3.3. Se estudiará la mejora de la carretera LR-137 en la zona del enlace con la futura autovía. 3.4 Se garantizará la completa permeabilidad transversal de la autovía. 3.4 Se estudiará un nuevo paso inferior a la altura del p.k. 7,900. 3.6 La reposición de acequias y cauces afectados se realizará respetando las condiciones naturales existentes. 3.7 Se mantendrán los contactos adecuados con la Subdirección de Planes y Proyectos de la Dirección General de Ferrocarriles a fin de coordinar las actuaciones».
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/99, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Sra. Ministra en el plazo de un mes, o bien directamente recurso Contencioso-Administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recursocontencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Logroño, 26 de diciembre de 2006.-El Jefe de la Demarcación, J. Enrique García Garrido.
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