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Documento BOE-B-2007-84047

Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructura y Planificación por la que se aprueban los expedientes de información oficial y pública y de audiencia del estudio informativo del «Corredor Norte-Noroeste de alta velocidad. Tramo Palencia-León».

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 7 de abril de 2007, páginas 4049 a 4050 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2007-84047

TEXTO

1. Antecedentes.

Con fecha 17 de octubre de 1995 se ordenó la redacción del estudio informativo del proyecto: «Línea Palencia-La Coruña. Tramo Palencia-León. Acondicionamiento a 200/220 km/h», en el que se desarrollaron alternativas de trazado para la mejora del tiempo de viaje en dicho trayecto mediante el acondicionamiento de la línea ferroviaria actual.

La posterior puesta en marcha del Plan de Líneas de Alta Velocidad determinó la aprobación por la Secretaría de Estado de Infraestructura, con fecha 30 de abril de 2001, de una Orden de Estudio para la consideración de un nuevo trazado independiente en alta velocidad y ancho de vía UIC entre Palencia-León. El título del estudio informativo complementario cambió a su denominación actual mediante la aprobación de una modificación de la orden de estudio de fecha 22 de febrero de 2002. La tramitación ambiental comenzó con la remisión al Ministerio de Medio Ambiente, el 11 de julio de 1997, de la Memoria-Resumen correspondiente al planteamiento inicial, recibiéndose los resultados del trámite de consultas previas el 18 de febrero de 1998.

2. Desarrollo del estudio informativo.

Los trabajos de redacción del estudio informativo inicial dieron comienzo en septiembre de 1996. Tras analizar una serie de actuaciones de acondicionamiento y mejora de la línea actual, se plantearon tres alternativas de trazado, en las que la actuación más relevante la constituían las variantes de la línea existente a su paso por Sahagún. La alternativa elegida por sus mayores ventajas comparativas fue la denominada C, correspondiente a la diseñada con los parámetros más amplios de trazado. La aprobación técnica de dicho estudio informativo tuvo lugar el 10 de diciembre de 1998, y fue sometido al trámite de información pública y oficial mediante su publicación el Boletín Oficial del Estado de 25 de febrero de 1999.

Las exigencias derivadas de la decisión de que dicho trayecto formase parte de la red ferroviaria de alta velocidad invalidaron las soluciones estudiadas por su imcompatibilidad con las características técnicas correspondientes a la circulación a 350 km/h: radio mínimo en planta de 7.230 m, sección para doble vía electrificada, ancho UIC y carril de 60 kg/m, y anchura de plataforma de 14 m. La solución propuesta, denominada AV, ha consistido en una adaptación a las nuevas condiciones de explotación de la alternativa C anteriormente seleccionada. Con fecha 8 de marzo de 2002, la Secretaría de Estado de Infraestructuras aprobó técnicamente el estudio informativo complementario «Corredor Norte-Noroeste de Alta Velocidad. Tramo: Palencia-León, ordenando la incoación del correspondiente expediente de información pública y oficial, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y en el Real decreto 1302/1986 de Evaluación de Impacto Ambiental. Como consecuencia del resultado del proceso de información pública y oficial y de las consultas ambientales realizadas, que se describen más adelante, la Dirección General de Ferrocarriles redactó un nuevo estudio informativo complementario para desarrollar sendas variantes al trazado de la alternativa AV: la primera discurriendo al sur del núcleo principal del municipio de El Burgo Ranero, y la segunda con un trazado al norte del LIC y ZEPA «La Nava-Campos Norte» para evitar la afección que tenía lugar al mismo. Por último, el 14 de marzo de 2006, el Director General de Ferrocarriles aprobó provisionalmente el estudio informativo complemtario del «Corredor Norte-Noroeste de Alta Velocidad. Tramo: Palencia-León. Variante de El Burgo Ranero y Variante del LIC y ZEPA La Nava-Campos Norte», ordenando la incoación del correspondiente expediente de información pública y audencia, de acuerdo con los establecido en la Ley del Sector Ferroviario y el Real Decreto 1302/1986 de Evaluación de Impacto Ambiental.

3. Expediente de información pública, oficial y audiencia.

El trámite de información pública correspondiente al estudio informativo complementario inicial fue convocado mediante la publicación de la correspondiente nota-anuncio en el Boletín Oficial del Estado de fecha 6 de abril de 2002, así como en el Boletín Oficial de Castilla y León, y en los de las Provincias de Valladolid, Palencia y León.

Durante dicho proceso se han recibido 21 escritos con 18 informes diferentes en el trámite de información oficial, correspondientes al Ministerio de Fomento (DG de Carreteras), Renfe, Junta de Castilla y León (Fomento), Diputación Provincial de León y Ayuntamientos de Palenica (Grijota, Villaumbrales, Becerril de Campos, Paredes de Nava, Cisneros y Villada) y León (Grajal de Campos, Sahagún, Calzada de Coto, Bercianos del Real Camino, El Burgo Ranero, Santas Martas, Vega de Infanzones y Onzonilla); y 9 escritos de alegaciones en el trámite de información pública, correspondientes a la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Palencia, a COAG-León, a la Junta Vecinal de El Burgo Ranero y 6 a particulares, dos de las cuales adjuntas 257 firmas. En el informe sobre el expediente de información oficial y pública de dicho estudio informativo, de septiembre de 2002, se lleva a cabo un análisis pormenorizado de cada una de las alegaciones presentadas, dando respuesta a cada uno de los temas planteados. Como consecuencia de las mismas se propone la aceptación de tres modificación en el trazado de la alternativa inicialmente seleccionada, una serie de aspectos a tener en cuenta durante la redacción de los proyectos de construcción, y el desarrollo de una variante de trazado que discurra más al sur de El Burgo Ranero para evitar la ocupación del suelo situado entre su núcleo urbano y el barrio de la Estación. Por lo que respecta al posterior estudio informativo complementario de las variantes, el trámite de información pública fue convocado mediante la publicación de la correspondiente nota-anuncio en el Boletín Oficial del Estado de fecha 5 de abril de 2006. Durante dicho proceso han recibido 18 escritos con informes diferentes en el trámite de audiciencia, correspondientes al Ministerio de Fomento (DGCarreteras), Subdelegación del Gobierno en Palencia, Adif, Junta de Castilla y León (3 Medio Ambiente), Diputaciones Provinciales de Palencia y León, y a Ayuntamientos de Palencia (Valle de Retortillo, Villa de Cisneros, Pozo de Urama y Villada) y León (Grajal de Campos, Bercianos del Real Camino, El Burgo Ranero, adjuntando 1.030 firmas, y 3 Santas Martas); y 4 escritos de alegaciones en el trámite de información pública, correspondientes a la Asociación de Agricultores y Ganaderos de Cisneros, la Sociedad de Cazadores de Cisneros y 2 a particulares. En el informe sobre el expediente de información pública y audiencia de dicho estudio informativo, de septiembre de 2006, se lleva a cabo un análisis pormenorizado de las distintas alegaciones presentadas, dando respuesta a cada uno de los temas planteados. Como consecuencia de las mismas, se propone la aceptación de una modificación en el trazado propuesto de la variante El Burgo Ranero a su paso por dicha localidad, así como una serie de aspectos a tener en cuenta durante la redacción de los proyectos de construcción.

4. Evaluación de Impacto Ambiental.

Con fecha 2 de diciembre de 2002 se envió el expediente del estudio informativo complementario inicial al Ministerio de Medio Ambiente a efectos de formulación de la oportuna Declaración de Impacto Ambiental. Como resultado de las consultas del Ministerio de Medio Ambiente a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, se propone la consideración de un nuevo trazado que evite la afección sobre el LIC y ZAPA «La Nava-Campos Norte», lo que, unido a la popuesta de nuevo trazado en El Burgo Ranero, determina la redacción del referido estudio informativo complementario de las variantes.

El expediente de este segundo estudio informativo complementario fue remitido al Ministerio de Medio Ambiente el 5 de octubre de 2006, quién finalmente, por resolución de 30 de enero de 2007 (BOE de 2 de marzo de 2007), formula la DEclaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto del Corredor Norte-Noroeste de Alta Velocidad. Tramo Palencia-León. La mencionada Declaración se formula favorable al trazado finalmente propuesto por el promotor, concluyendo que no producirá impactos adversos significativos y que resultará ambienalmente viable si se realiza de acuerdo con las condiciones señaladas en la propuesta, que se deducen de la evaluación practicada.

5. Informe de la Subdirección General de Planes y Proyectos.

La Subdirección General de Planes y Proyectos elevó con fecha 12 de marzo de 2007 la propuesta de aprobación del expediente de información oficial y pública del estudio informativo del «Corredor Norte-Noroeste de Alta Velocidad. Tramo Palencia-León».

6. Resolución.

A la vista de todo lo expuesto, esta Secretaría de Estado resuelve lo siguiente: Primero: Hacer constar que el expediente reseñado ha cumplido con todo lo preceptuado en la Ley y Reglamento de Ordenación de los Transporte Terrestres, en el articulado 5 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario y en el artículo 10 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, así como en la vigente legislación de Evaluación de Impacto Ambiental.

Segundo: Aprobar el expediente de información pública, oficial y de audiencia, y definitivamente el estudio informativo del «Corredor Norte-Noroeste de alta velocidad. Tramo Palencia-León», determinando su inclusión en la Red Ferroviaria de Interés General. Se adopta como trazado a desarrollar por los proyectos constructivos, cuya ejecución y aprobación coresponderá al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), la correspondiente a la alternativa AV propuesta en la aprobación técnica del estudio informativo complementario inicial, posteriormente rectificada en la aprobación provisional del de las variantes de El Burgo Ranero y del LIC y ZEPA La Nava-Campos Norte, con las siguientes modificaciones:

Desplazamiento del trazado en la planta a lo largo de unos 2.500 m en Becerril de Campos, acercando las plataformas ferroviarias de la nueva línea de alta velocidad y de la línea existente, a fin de evitar la ocupación del suelo de uso industrial del municipio.

Desplazamiento de la vía férrea en planta hacia el sudoeste lo necesario para no afectar la variante que une las carreteras C-611 y P-931 y poder salvar la variante de Villada mediante un viaducto. Corrección de la traza a su pazo por el término municipal de Sahagun, en unos 50 m hacia el dusoeste, para evitar la afección a una zona de confluencia de dos arroyos. Reducción a 6.500 m del radio en planta del trazado de la variante de El Burgo Ranero, aproximando aún más la nueva línea ferroviaria a la autovía A-231 para suprimir totalmente la afección a la estación de servicio existente y minimizar la interferencia con el desarrollo urbano de la localidad, así como bajar la rasante ferroviaria para que no constituya un obstáculo visual entre su núcleo urbano y la autovía. Desplazamiento del trazado ferroviario, en unos 40 m en planta hacia el sudoeste, para salvaguardar la vegetación de ribera a su paso por el río Cea. Reducir en 3 m la cota de la rasante de nueva línea ferroviaria en su punto de cruce con la futura autovía A‑60, Valladolid-León, en el término municipal de Santas Martas.

Tercero: Disponer que los proyectos constructivos que desarrollen las actuaciones previstas en el estudio informativo complementario objeto de aprobación deberán observar las prescripciones establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental, especialmente en los aprtados 4.2. Principales impactos de la alternativa elegida (medidas correctoras), 5. Condiciones al proyectos y 6. Especificaciones para el seguimiento, así como atender los siguiente aspectos:

El diseño de las medidas preventivas y correctoras de integración ambiental para garantizar el tratamiento de todas las afecciones que se detecten, la preservación de aquellos elementos patrimoniales no catalogados y espacios naturales que pudiesen verse afectados por la traza, y la conservación de la fauna y del paisaje.

El estudio detallado del trazado en zonas edificadas o de compleja resolución para minimizar en lo posible la afección sobre instalaciones industriales, inmuebles y parcelas, así como el de las medidas para reducir el impacto acústico y de las vibraciones en las citadas zonas. La reposición de servicios y servidumbres debidos a la construcción de la nueva línea de alta velocidad Palencia-León.

La dotación de permeabilidad transversal a lo largo de todo el trazado de la nueva línea de alta velocidad: pasos inferiores y superiores, viaductos, pasos de fauna, obras de drenaje superficial, etc.

Madrid, 19 de marzo de 2007.-El Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, Víctor Morlán Gracia.

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