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Documento BOE-B-2007-87059

Resolución de fecha 14 de marzo de 2007, de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Cádiz, por la que se autoriza, se aprueba el proyecto de ejecución de instalaciones y se reconoce, en concreto, la utilidad pública del denominado «Proyecto de instalación de posición y Estación de Regulación y Medida en Arcos de la Frontera (Cádiz)», en el término municipal de Arcos de la Frontera. Expediente: GAS 9/06.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 2007, páginas 4186 a 4187 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2007-87059

TEXTO

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha de 25 de julio de 2006, don Pedro A. Santos Nieto, en nombre y representación de Endesa Gas Transportista, S.L., con domicilio a efectos de notificaciones en Zaragoza (C.P. 50002), C/ Doctor Aznar Molina, 2, solicitó autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública del denominado «Proyecto de instalación de posición y Estación de Regulación y Medida en Arcos de la Frontera (Cádiz)», ubicada en el término municipal de Arcos de la Frontera.

Segundo.-El proyecto de instalaciones, junto con la relación de bienes y derechos afectados, los planos parcelarios de expropiación y su Estudio de Impacto Ambiental, fue sometido a información pública en el Boletín Oficial del Estado número 218, de fecha 12 de septiembre de 2006, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 170, de 6 de septiembre de 2006, y en los Diarios «La Voz de Cádiz», de 17 de agosto de 2006, y «Diario de Cádiz» de fecha 17 de agosto de 2006. Tercero.-Durante el período de información pública, no se presentaron alegaciones por parte del titular afectado. Cuarto.-De acuerdo con el artículo 104.2 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y concordantes del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, se remitió separata del proyecto a los organismos afectados, al objeto de que manifestaran su conformidad, oposición y/o condicionados técnicos procedentes, respecto a las instalaciones del proyecto:

Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz.

Excmo. Ayuntamiento de Arcos de la Frontera.

De estos organismos/Ayuntamientos, uno contestó dando su conformidad con las instalaciones, emitiendo, al mismo tiempo, el correspondiente informe. En este sentido: El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz manifestó que no existía oposición al proyecto. No obstante, debería solicitarse información sobre posibles afecciones a las siguientes empresas, Enagás, S.A., Red Eléctrica de España, S.A., y Sevillana Endesa, S. A.

Estos condicionados fueron aceptados por la empresa peticionaria.

Del Ayuntamiento de Arcos de la Frontera, que no contestó, una vez reiterada la solicitud de informe, sin recibir tampoco contestación, se dio por aceptada la propuesta del solicitante. Quinto.-Con fecha de 30 de enero de 2007 fue emitida por la Delegación Provincial de Cádiz de la Consejería de Medio Ambiente Declaración de Impacto Ambiental, favorable del proyecto.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa es competente para conceder la citada autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento de utilidad pública, según lo dispuesto en los artículos 13.14 y 15.5 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre (Boletín Oficial del Estado número 9, de 11 de enero de 1982), el artículo 2.9, 1.° y 2.° del Real Decreto 1091/1981, de 24 de abril, por el que se establece el traspaso de competencias, funciones y servicios del Estado en materia de industria, energía y minas (Boletín Oficial del Estado número 139, de 11 de junio), el punto II del Anexo al Real Decreto 4164/1982, de 29 diciembre, por el que se traspasan funciones y servicios del Estado en materia de industria, energía y minas (Boletín Oficial del Estado número 62, de 14 de marzo), el artículo 1.° y la Disposición Transitoria Única del Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 3, de 25 de abril), el Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 95 de 17 de mayo), así como por lo dispuesto en la Resolución de 28 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre delegación de competencias en materia de instalaciones de gas.

Segundo.-La autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y su reconocimiento de utilidad pública están regulados en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa. Vistos los preceptos legales citados, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reformada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas, resuelve:

Primero.-Otorgar autorización administrativa y aprobar el proyecto de ejecución de instalaciones «Proyecto de instalación de posición y Estación de Regulación y Medida en Arcos de la Frontera (Cádiz)», a solicitud de Endesa Gas Transportista, S.L., según el proyecto entregado en ese momento en esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa; todo ello, de acuerdo con las siguientes prescripciones: 1.° En todo momento deberá darse cumplimiento a la normativa de aplicación, que ha sido citada anteriormente, y especialmente a las disposiciones sobre condiciones técnicas y de seguridad, entre ellas el Reglamento de Redes y Acometidas Gaseosos, aprobado por Orden del Ministerio de Industria, de 18 de noviembre de 1974, modificado por Órdenes del Ministerio de Industria y Energía de 26 de octubre de 1983 y de 6 de julio de 1984, y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-MIG.

2.º El plazo de ejecución de las obras será de 3 meses a partir de la fecha de la ocupación real de la finca que ha de ser afectada por aquéllas y las instalaciones se pondrán en servicio dentro de los treinta días siguientes al levantamiento del acta de puesta en marcha que realizará esta Delegación Provincial. 3.º Las instalaciones que se autorizan por la presente Resolución habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto que ha sido presentado en esta Delegación Provincial, junto a la restante documentación técnica, especificándose las principales características básicas:

La Estación de regulación y medida de Alta Presión B a Alta Presión A, diseñada de acuerdo con la Instrucción MIG-R-7.1 para presiones de entrada superiores a 16 bares y la normativa particular de Endesa Gas Transportista, S.L., se situará sobre una losa de hormigón en recinto cubierto y estará formada por dos líneas de regulación capaces para 5.000 Nm3/h cada una con previsión de salidas para una tercera línea de reserva, línea de regulación manual y zona de contaje con by-pass; presiones de entrada: máximo 59 bares, mínimo 35 bares; presiones de salida: máximo 16 bares, mínimo 4 bares, el proyecto incluye asimismo sistema de telemedida. Tubería de acero de grado X-42, según API 5L.

4.º Toda modificación que afecte a los datos básicos y a los contenidos del proyecto requerirá autorización de esta Delegación Provincial.

5.º Previo al comienzo de las obras, Endesa Gas Transportista, S.L., deberá presentar ante esta Delegación Provincial detallado plan de ejecución de las mismas, debiendo, asimismo, comunicar con suficiente antelación la realización de las pruebas, ensayos o reconocimientos que hayan de realizarse, de acuerdo con las disposiciones en vigor. 6.º Endesa Gas Transportista, S.L., deberá presentar ante esta Delegación Provincial memoria del proyecto ejecutado, acompañando Plano de planta, destacando la obra ejecutada respecto de la proyectada, copias del certificado del fabricante del tubo por cada partida, indicando el cumplimiento de los puntos «a» y «b» del apartado 4.1.3 del Reglamento de Redes y Acometidas, los resultados de los ensayos y pruebas que hayan de realizarse de acuerdo con la legislación vigente, así como un certificado final de obra, firmado por Técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente, en el que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se ha efectuado de acuerdo con las especificaciones y normas que hayan aplicado en el proyecto, con las variaciones de detalle que hayan sido aprobadas, así como las demás normas técnicas vigentes que sean de aplicación. 7° Endesa Gas Transportista, S.L., dará cuenta de la terminación de las instalaciones y de sus ensayos y pruebas a esta Delegación Provincial para su reconocimiento definitivo y levantamiento del acta de puesta en marcha de las instalaciones, sin cuyo requisito no podrán entrar en funcionamiento. 8.º Esta Delegación Provincial se reserva el derecho de dejar sin efecto esta autorización por incumplimiento de las condiciones impuestas, por la declaración inexacta de los datos suministrados u otra causa excepcional que lo justifique. 9.º Esta autorización se otorga independientemente y sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia autonómica, municipal, provincial y otras, necesarias de acuerdo con la normativa sectorial aplicable en cada caso. 10. Endesa Gas Transportista, S.L., deberá constituir una fianza o garantía del 2% del presupuesto de las instalaciones proyectadas, a disposición del Delegado Provincial, en el plazo de quince días tras la notificación de esta Resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 67.3 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos. En caso contrario, esta Delegación Provincial se reserva el derecho a dejar sin efecto esta autorización.

Segundo.-Reconocer la utilidad pública en concreto de la instalación referida, a los efectos de expropiación forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por el gasoducto e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

El procedimiento expropiatorio se tramitará por esta Delegación Provincial. Esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser objeto de recurso de alzada, a interponer en el plazo de un mes, contado desde el día de su notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, de conformidad con lo establecido en el artículo 107.1 de la Ley 4/1999, por la que se modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cádiz, 14 de marzo de 2007.-La Delegada Provincial, Angelina María Ortiz del Río.

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