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Documento BOE-B-2008-159057

Anuncio de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones por el que se notifica el inicio de la tramitación de los recursos de reposición interpuestos contra la resolución para la adopción de medidas cautelares en relación con el procedimiento para la definición y análisis del mercado de acceso al por mayor a infraestructura de red y la revisión del mercado de acceso desagregado al por mayor a los bucles y subbucles metálicos a efectos de la prestación de los servicios de banda ancha y vocales (AJ 2008/1006).

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 2 de julio de 2008, páginas 8087 a 8088 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2008-159057

TEXTO

Dada la posible existencia de una pluralidad indeterminada de personas interesadas en el expediente núme-ro AJ 2008/1006, se procede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.6.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJPAC), a notificar por este medio el siguiente acuerdo de inicio de fecha 19 de junio de 2008: Con fechas 19, 23, 25 y 26 de junio de 2008 han tenido entrada en el Registro de esta Comisión escritos presentados por las entidades «Telefónica de España, Sociedad Anónima», unipersonal; «Euskatel, Sociedad Anónima»; «France Telecom España, Sociedad Anónima»; «Cableuropa, Sociedad Anónima», unipersonal, y «Tenaria, Sociedad Anónima»; Asociación de Empresas Operadoras y de Servicios de Telecomunicaciones (ASTEL); «Jazz Telecom, Sociedad Anónima», unipersonal, y «Colt Telecom España, Sociedad Anónima», unipersonal, por los que interponen recurso potestativo de reposición contra la Resolución aprobada por el Consejo de esta Comisión de fecha 8 de mayo de 2008 para la adopción de medidas cautelares en relación con el procedimiento para la definición y análisis del mercado de acceso (físico) al por mayor a infraestructura de red (incluido el acceso compartido o completamente desagregado) en una ubicación fija, la designación del operador con peso significativo de mercado y la imposición de obligaciones específicas, y la revisión del mercado de acceso desagregado al por mayor (incluido el acceso compartido) a los bucles y subbucles metálicos a efectos de la prestación de los servicios de banda ancha y vocales (MTZ 2008/626). En virtud de lo establecido en el artículo 73 de la LRJPAC, se acuerda la acumulación de los recursos referenciados en el antecedente anterior debido a la íntima conexión existente entre los citados recursos por impugnarse en todos ellos la misma Resolución, a saber, la aprobada por el Consejo de esta Comisión en fecha 8 de mayo de 2008. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.4 de la LRJPAC se informa que el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del presente recurso de reposición es de un mes, de conformidad con el artículo 117.2 de la LRJPAC, contado a partir del día 19 de junio de 2008, fecha en la que se ha iniciado el expediente de referencia por haber tenido entrada en nuestro Registro General el primero de los citados recursos de reposición. La resolución que se adopte se notificará dentro del plazo de los diez días siguientes a la fecha en que hubiera sido dictada, tal y como dispone el artículo 58.2 de la LRJPAC, y, en todo caso, antes de que transcurra el plazo de un mes al que se refiere el párrafo anterior. Lo establecido en los dos párrafos anteriores se entenderá sin perjuicio de las suspensiones en el transcurso del plazo máximo para resolver y notificar que puedan producirse de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.5 de la LRJPAC. En defecto de notificación en plazo de la resolución expresa de los recursos de reposición interpuestos, el silencio administrativo tendrá efecto desestimatorio, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 43.2 de la LRJPAC. Se otorga a los interesados un plazo común de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» para que, si a su derecho interesa, puedan aducir las alegaciones y aportar los documentos u otros elementos de juicio que estimen pertinentes, según dispone el artículo 79, en relación con el 50, ambos de la LRJPAC. Asimismo y a los efectos del artículo 85 de la LRJPAC, se pone de manifiesto que si estuvieran interesados en obtener copias de los recursos de reposición interpuestos por las entidades referenciadas anteriormente podrán obtenerla en la Dirección de Asesoría Jurídica de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, sita en la carrer de la Marina, 16-18, edificio «Torre Mapfre», de Barcelona.

Contra el presente acto de trámite no cabe la interposición de recurso administrativo, al no concurrir en el mismo los requisitos establecidos en el artículo 107 de la LRJPAC, no obstante, la oposición al mismo podrá ser alegada por los interesados para su consideración en la resolución que ponga fin al presente procedimiento.

Barcelona, 30 de junio de 2008.-El Secretario, P.D. (Acuerdo Consejo de 8-5-2008, BOE número 142, de 12-6-2008), Ignacio Redondo Andreu.

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