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Con fecha 20 de mayo de 2008 se ha realizado un cruce informático del colectivo de titulares por derecho derivado (viudos/as y huérfanos/as) de MUGEJU con los titulares en alta en la Tesorería General de la Seguridad Social, detectándose que varios de estos titulares, detallados en el anexo adjunto, que empieza por Alonso Alarcón, Belén y finaliza por Valenzuela Moreno, Pablo figuran de alta como titulares en algún Régimen de la Seguridad Social.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.5 del R. D. Legislativo 3/2000, de 23 de junio, y 62 del R. D. 3283/1978, de 3 de noviembre, y en aplicación del artículo 2.º 3 del Decreto 2766/1967, de 16 de noviembre, por el que se dictan normas sobre prestaciones de asistencia sanitaria y ordenación de los servicios sanitarios en el Régimen General de la Seguridad Social, uno de los requisitos que deben poseer los familiares del mutualista para obtener la condición de beneficiario de asistencia sanitaria mediante la inclusión en el documento de beneficiarios del mutualista es «No tener derecho, por título distinto, a recibir asistencia sanitaria de la Seguridad Social en cualquiera de sus Regímenes con una extensión y contenido análogos a los establecidos en el Régimen General». Según los datos derivados del mencionado cruce, dicho requisito no se cumple en los titulares del anexo, por lo que procede dictar acuerdo de baja en MUGEJU, salvo que acrediten documentalmente la no duplicidad. Practicada la notificación a los mutualistas cuyos domicilios obran en la base de datos de MUGEJU, el servicio de Correos ha devuelto las comunicaciones dirigidas a los interesados. Por lo tanto, se hace preciso notificar a los mismos dicha comunicación, así como aquellos otros que estando en la misma situación, no ha sido posible enviarles la comunicación al desconocer esta Mutualidad sus domicilios. En consecuencia, y de acuerdo con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica a los interesados a través de esta publicación que si transcurrido el plazo de diez días a partir de esta notificación no acreditan documentalmente la no duplicidad, causarán baja en esta Mutualidad.
Contra este acuerdo que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministro de Justicia en el plazo de un mes, que se contará una vez finalizado el plazo más arriba señalado.
Madrid, 13 de agosto de 2008.-El Gerente, P. S. (art. 15, R. D. 1206/2006, BOE 4/11/2006), la Secretaria General, Mercedes Moris Mapelli.
ANEXO Último domicilio conocido |
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Apellidos y nombre |
NIF |
Dirección |
Población |
Provincia |
Código postal |
Alonso Alarcón, Belén |
050738782T |
Fernández de la Hoz, 57 |
Madrid |
Madrid |
28010 |
Cordero Rodríguez, Olga |
028956965B |
Catedrático Antonio Silva, 3-1.º-A |
Cáceres |
Cáceres |
10002 |
Esteban Ordóñez, Isabel |
050762400C |
Calle Fernández de los Ríos, n.º 28, piso 2.º, pta. dcha |
Madrid |
Madrid |
28015 |
García Salgado, Cristina |
074650252A |
Veracruz, 10, 5.º B, Blq. 2 |
Granada |
Granada |
18004 |
Paredes Mula, Caridad |
036918719Q |
Polígono Canyelles, Bld. 8-3.º |
Barcelona |
Barcelona |
08033 |
Peña Checa, María Pilar |
024171776H |
Sierra de Grazalema, 35, 4.º F, Blq. 9 |
Málaga |
Málaga |
29016 |
Valenzuela Moreno, Pablo de |
053693068M |
Victoria, 16, 7.º C |
Málaga |
Málaga |
29012 |
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