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Documento BOE-B-2008-214083

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Málaga, por la que se declara en concreto de utilidad pública la instalación de generación de energía eléctrica «Parque eólico Cerro de la Higuera 44 Mw», en los términos municipales de Ardales y Teba (Málaga). Expte. Cg-86

Publicado en:
«BOE» núm. 214, de 4 de septiembre de 2008, páginas 10427 a 10429 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2008-214083

TEXTO

Vistos: el expediente n.º CG-86 iniciado a instancia de D. José Ramón Largo Seisdedos, en nombre y representación de la entidad Sistemas Energéticos de la Higuera S.A.U., con domicilio a efectos de notificaciones en Avenida San Francisco Javier n.º 15, 4.ª planta, en Sevilla, por el que se solicitaba la declaración en concreto de utilidad pública de la instalación referenciada, y los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.-Concedida por Resolución de 3 de junio de 2004 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas autorización administrativa, mediante Resolución de 17 de octubre de 2006 de la Delegación Provincial de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Málaga se aprobó el Proyecto de Ejecución y se fijó el importe de la garantía de restitución de los terrenos de la instalación de generación de energía eléctrica «Parque Eólico Cerro de la Higuera», en los términos municipales de Ardales y Teba (Málaga), el cual fue modificado por Resolución de 14 de agosto de 2008, cuyas características principales son: 22 aerogeneradores G8X/G90-2.0 MW sobre torres de acero de 67/78 m de altura accionados por turbinas de tres palas de paso variable, con diámetro de rotor 80-90 m, generador asíncrono de 2.000 kW de potencia nominal y tensión de generación 690 V. Cada aerogenerador está dotado de transformador de 2.100 KVA y relación 0,69/30 kV.-Red eléctrica subterránea de 30 kV, con conductores tipo DHZ1 18/30 kV de conexión de los centros de transformación de los aeroegeneradores con la futura subestación colectora del parque.

Potencia total a instalar 44 MW.

Segundo.-El día 28 de diciembre de 2007, D. José Ramón Largo Seisdedos, en nombre y representación de la entidad Sistemas Energéticos De la Higuera S.A.U., solicitó la declaración en concreto de utilidad pública de dicha instalación, a los efectos de expropiación forzosa de bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, acompañado relación de bienes y derechos afectados.

Tercero.-Conforme a lo establecido en el art.53.2 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y en el art. 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se procedió a someter a Información Pública la petición de declaración en concreto de utilidad pública, junto a la documentación técnica obrante en el expediente, durante el plazo de veinte días, mediante la inserción de anuncio, con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento, en el Boletín Oficial del Estado (BOE n.º 111, de 7 de mayo de 2008), Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA n.º 89, de 6 de mayo de 2008), Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOP n.º 79, de 24 de abril de 2008) y Diario SUR de fecha 26 de abril de 2008. Asimismo, fue efectuada publicación durante veinte días en los tablones de anuncios y edictos de los Ayuntamientos de Ardales y Teba, según diligencias acreditativas de la mismas, no constando que se hubieren efectuado alegaciones durante el trámite de información pública. Cuarto.-Conforme a lo establecido en el art. 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se procedió a remitir separatas a los Ayuntamientos de Ardales y Teba, Consejería de Medio Ambiente (Agencia Andaluza del Agua), Retevisión y Ministerio de Fomento, a fin de que en plazo de veinte días emitieran el correspondiente informe. Quinto.-Fueron emitidos informes por los organismos afectados, Ayuntamientos de Teba y Ardales (Málaga), manifestando que no existía inconveniente urbanístico, como por Retevisión, manifestándose por ésta última finalmente su no oposición a la autorización del parque eólico, siempre y cuando se mantuviesen la coordenadas UTM del parque y de los aerogeneradores, y se incluya en el condicionado de autorización del parque la condición 5 de la Resolución de 29 de noviembre de 2007 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Xunta de Galicia, por la que se autorizan las instalaciones del Parque Eólico de Corzán. Sexto.-El día 26 de junio de 2008 D. Borja Negro Rúa, en nombre y representación de la entidad Sistemas Energéticos de la Higuera S.A.U, solicitó, al no haber sido posible alcanzar acuerdo, que, previo los trámites oportunos, se señalase día y hora para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación, realizar las notificaciones a los interesados y las publicaciones correspondientes, adjuntándose relación de las parcelas para su ocupación.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Es competente para la Resolución del presente expediente la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Málaga, según lo previsto en la Resolución de 23 de febrero de 2005 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de autorización de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, en relación con el art. 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y el Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Segundo.-El expediente ha sido tramitado conforme a la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa. Tercero.-El art. 52.1 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, declara de utilidad pública «las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso» (art. 140.1 Real Decreto 1955/2000), cuya declaración, al amparo del art. 54.1 «llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa», como «la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica, sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública» (art. 54.2 Ley 54/1997, art. 149.2 Real Decreto 1955/2000), «adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropiatorio» (art. 149.1 Real Decreto 1955/2000). En el presente caso no se han presentado alegaciones, aceptándose por la beneficiaria todas las manifestaciones hechas por los organismos afectados, considerándose que la alegación correspondiente a RETEVISIÓN, en ningún caso guarda relación con la declaración de utilidad pública del parque eólico, sino con la autorización del proyecto de referencia. En todo caso, en la Resolución de fecha 14 de agosto de 2008, por la que se aprobaba la modificación del proyecto de ejecución del Parque Eólico Cerro de la Higuera, se hacía constar que «Esta aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 1955/200 de 1 de diciembre, estando sometida a los condicionados impuestos por otros Organismos y Entidades competentes, conforme a la reglamentación técnica aplicable y sujeta a las mismas condiciones que fueron establecidas en la Resolución de fecha 17 de octubre de 2006 por la que se aprobó el proyecto de ejecución.». Cuarto.-El art. 150 del Real Decreto 1955/2000 dispone que «Declarada la utilidad pública de la instalación, se iniciarán las actuaciones expropiatorias, conforme al procedimiento de urgencia establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa», añadiendo éste último que «Se notificará a los interesados afectados, según los artículos 3 y 4 de esta Ley, el día y hora en que ha de levantarse el acta previa a la ocupación», la cual «se llevará a efecto con una antelación mínima de ocho días y mediante cédula». Asimismo, dicho art. 52 añade que «Con la misma anticipación se publicarán edictos en los tablones oficiales, y, en resumen, en el "Boletín Oficial del Estado" y en el de la provincia, en un periódico de la localidad y en dos diarios de la capital de la provincia, si los hubiere», como el art. 148 del Real Decreto 1955/2000, respecto a la resolución, que «se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en el Boletín Oficial de la provincia o provincias afectadas», por lo que cabe acumular en este mismo acto tanto la declaración de utilidad pública como la convocatoria para el levantamiento de Actas, al ser ésta última consecuencia necesaria de la resolución, como coincidir determinados boletines en los que deben publicarse. Por todo ello, Vistos los preceptos legales citados, y conforme al art. 52 siguientes de la Ley 54/1997, a los arts. 143 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, así como al art. 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación forzosa, Esta Delegación Provincial ha resuelto:

1.º Declarar de utilidad pública la instalación de generación de energía eléctrica «Parque Eólico Cerro de la Higuera 44 MW», en los términos municipales de Ardales y Teba (Málaga), lo cual lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante, Sistemas Energéticos de la Higuera S.A.U. la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

2.º Convocar a los titulares de bienes y derechos afectados para que comparezcan el día y hora y en el Ayuntamiento que figura en la relación anexa a esta Resolución, en cuyo término municipal radican las fincas afectadas, para de conformidad con el art. 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación forzosa, llevar a cabo el levantamiento del acta previa a la ocupación y, si procediera, el de ocupación definitiva. A dicho acto los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles, amén de poder acompañarse, a su costa, de sus peritos y un notario, si lo estiman oportuno. 3.º Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, en los Tablones de Edictos de los Ayuntamientos de Ardales y Teba, y mediante anuncio en dos diarios de la capital de la provincia, sirviendo la misma como notificación, conforme al art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, respecto a aquellos interesados que en el procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación, o bien, intentada la misma, no se hubiese podido practicar.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en los arts. 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y el art. 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa.

Málaga, 26 de agosto de 2008.-El Director General de Industria, Energía y Minas (Por Resolución de 3 de febrero de 2005, BOJA n.º 59, de 28 de marzo), la Delegada Provincial, Pilar Serrano Boigas.

ANEXO

Calendario de citaciones para el levantamiento de actas previas. Exp.: CG-86 Día 23/09/2008

Hora

Propietario y dirección

Municipio

POL.

PA.

Ocupación del pleno dominio para camino parque (m2)

Ocupación del pleno dominio para la cimentación del aerogenerador (m2)

Ocupación del pleno dominio para la plataforma del aerogenerador (m2)

Servidumbre para red subterráneo de media tension (ml)

Ocupacion temporal para instalacion de red subterranea de media tension (m2)

total ocupacion (m2)

Total ocupacion temporal (m2)

Total servivumbre vuelo aéreo (m2)

9:00

José del Río Canto. Cortijo La Peña/Las Utreras, 29327, Teba (Málaga).

Teba.

17

1

560

223

1.288

83

581

2.154

581

6.998

9:00

José del Río Canto. Cortijo La Peña/Las Utreras, 29327, Teba (Málaga).

Teba.

17

3

780

11

77

791

77

9:00

José del Río Canto. Cortijo La Peña/Las Utreras, 29327, Teba (Málaga).

Teba.

17

4

5.610

366

2.737

160

1.117

8.872

1.117

3.199

9:30

Rosario Berrocal Martín. C/San Isidro, 21, 29550, Ardales (Málaga).

Teba.

17

30

2.420

244

1.708

2.664

1.708

9:30

Juan Bravo Sánchez. C/San Isidro, 21, 29550 Ardales (Málaga).

Teba.

17

8

1.110

766

61

428

1.937

428

2.027

10:00

Antonio Cantos Bernal. Pza. Constitución, 4, Teba (Cala del Moral).

Teba.

17

28

12.680

313

1.463

206

1.442

14.662

1.442

6.986

12:30

José Luis Junco de los Ríos. C/ Viivero, 12, 29640, Fuengirola (Málaga).

Teba.

2

1

1.170

114

798

1.284

798

12:30

Isidora Sánchez Álvarez. C/ Porgugalete, 29550, Ardales (Málaga).

Ardales.

3

11

1.663

subir

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