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Al amparo de lo establecido en los artículos 90 y 91 del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, las empresas «Interurbana de Autocares, Sociedad Anónima» y «Arriba Noroeste, Sociedad Anónima» han solicitado autorización para que un mismo vehículo pueda servir conjuntamente determinados tráficos de las concesiones VAC-046 Irún-Tuy con hijuelas) y V-7069; XG-443 (A Coruña-Viveiro) de su respectiva titularidad.
Los interesados y afectados en este expediente podrán personarse en el procedimiento y, previo examen de la documentación pertinente en la Subdirección General de Gestión y Análisis de los Transportes por Carretera de esta Dirección General (Ministerio de Fomento, Paseo de la Castellana, 67, planta cuarta, Despacho A-453, en horas de 9 a 14), en el Consorcio Regional de Transportes de Madrid, en la Dirección General de Transportes de la Junta de Castilla y León, y en la Dirección General de Transportes de la Xunta de Galicia, efectuar las observaciones que estimen oportunas en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 28 de julio de 2008.-El Subdirector General, Miguel Ángel de Frías Aragón.
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