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Documento BOE-B-2008-237094

Anuncio de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por el que se notifica la Resolución de 22 de julio de 2008, en relación con la reincorporación al servicio activo de Don Manuel Miranda Velasco.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 1 de octubre de 2008, páginas 11358 a 11358 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2008-237094

TEXTO

No siendo posible notificar a Don Manuel Miranda Velasco, la Resolución de 22 de julio de 2008 de la Subdirección General de Recursos Humanos de Instituciones Penitenciarias, procede, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, notificarle, y a tal efecto se le notifica, la antecitada Resolución, que dice así:

«En esta Subdirección General se ha recibido escrito de 16 de junio de 2008, de la Secretaría Judicial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección: 001), acompañado de copia de sentencia de 28 de enero de 2008 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, dictada en el recurso de casación 2111/2003, interpuesto por usted.

La mencionada sentencia dice en su parte dispositiva: "Fallamos:

1.º Que ha lugar al recurso de casación n.º 2111/2003, interpuesto por don Miguel Miranda Velasco, contra la sentencia dictada el 17 de enero de 2003, por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que anulamos.

2.º Que estimamos el recurso n.º 356/2000 y anulamos la resolución del Ministerio del Interior de 8 de febrero de 2000 que impuso al recurrente la sanción disciplinaria de separación de servicio. 3.º Que reconocemos al recurrente el derecho a los haberes no percibidos y a sus intereses legales. 4.º Que no hacemos imposición de costas en la instancia debiendo correr cada parte con las suyas del recurso de casación"».

En orden a proceder a llevar a puro y debido efecto la mencionada sentencia y practicar lo que exige el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo debe incorporarse con carácter inmediato a su puesto de trabajo en el Centro Penitenciario de Villabona, dándose traslado de la sentencia aludida al Director del referido Centro a fin de impulsar las medidas administrativas y económicas pertinentes, y entre ellas la de determinar la cantidad que debe serle justificada en cumplimiento del apartado 3.º del fallo de la sentencia.

De conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente ante esta Subdirección General mediante la interposición de recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, o ser impugnada directamente ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid o el del domicilio del interesado, a su elección, pudiendo interponerse, en este caso, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, en este último caso, de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Al propio tiempo se participa al interesado que la Resolución de 22 de julio de 2008 se encuentra a su disposición en la Subdirección General de Recursos Humanos de Instituciones Penitenciarias, sita en la Calle Alcalá, 38-40 de Madrid.

Madrid, 22 de septiembre de 2008.-El Subsecretario, P.D. (O.INT/985/05, de 7 de abril y O. INT/2275/08, de 28 de julio), el Subdirector General de Recursos Humanos de Instituciones Penitenciarias, Santos Rejas Rodríguez.

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