Desconociéndose el actual domicilio de doña Dolores Aguilar de la Helguera, por no hallársela en el de la calle Rey Francisco, número 12, 5.º B, de Madrid, se le hace saber que, por el Director General Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, en las actuaciones previas al expediente que en su caso se incoe, se ha dictado con fecha 25 de febrero de 2008, requerimiento de desalojo, por la causa de resolución de contrato contemplada en el artículo 10.1, letra e) («Cuando la vivienda deje de estar destinada a satisfacer las necesidades de vivienda habitual del beneficiario o se utilice para actividades ajenas a dicho fin») de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la citada norma, mediante el presente escrito se la requiere para que proceda a desalojar voluntariamente la citada vivienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del mismo, dado que en caso contrario, al amparo de lo previsto en el artículo 10.4 de la Ley 26/1999, de 9 de julio, se incoará el correspondiente expediente administrativo de desahucio.
Madrid, 7 de marzo de 2008.-La Jefe de la Subunidad, Cristina Úbeda Murillo.
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