No habiendo sido posible practicar en el domicilio de su destinataria, la notificación del acuerdo de iniciación de expediente de revocación de nombramiento del Director General de Loterías y Apuestas del Estado, de fecha 22 de noviembre de 2007, se procede a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con el artículo 59,5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. número 285, de 27 de noviembre de 1992), en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. número 12, de 14 de enero), que modifica la anterior. Titular de la administración de loterías: D.ª Elisabeta Clivio del Caso. Último domicilio conocido a efectos de notificación: Ronda San Antonio, 33, 08011, Barcelona. Expediente número: S. J.: 125/04/08010 C.01. Normativa de aplicación: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el ejercicio de la Potestad Sancionadora de la Administración General del Estado. Real Decreto 1082/1985, de 11 de junio (B.O.E. del día 5 de agosto), que regula la clasificación, provisión, funcionamiento, traslado y supresión de las administraciones de loterías.
Acuerda:
Primero.-Incoar el correspondiente expediente de revocación del nombramiento de doña Elisabeta Clivio del Caso como titular de la administración de loterías n.º 201 de Barcelona, conforme a lo preceptuado en el citado artículo 15, apartado 2.º, del Real Decreto 1082/1985, de 11 de junio (B.O.E. del día 5 de agosto).
Segundo.-Notificar a la interesada Sra. Clivio del Caso la presente resolución, para que en el plazo de quince (15) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la práctica de la notificación conforme a lo establecido en la normativa de aplicación, pueda realizar aquellas alegaciones que estime oportunas, y proponer la práctica de las pruebas que interesen a su derecho.
Tercero.-Informar a la Sra. Clivio del Caso que la tramitación del presente expediente administrativo de revocación se llevará a cabo según las disposiciones contenidas en la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones administrativas complementarias, siendo el plazo máximo de resolución por Loterías y Apuestas del Estado el de tres (3) meses, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
Madrid, 17 de diciembre de 2007.-El Director General de Loterías y Apuestas del Estado.
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