El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Bilbao, en sesión celebrada el día 14 de febrero de 2008, en uso de las facultades que le confiere el artículo 40.5.ñ) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por la disposición final segunda de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General ha resuelto otorgar a «Bilbao Centro Naval, Sociedad Anónima», una concesión para utilización de un muelle de armamento en la Ría del Nervión, en Erandio, con destino a construcción naval, ocupando una superficie de 1.040 metros cuadrados, por un plazo de quince años, con las siguientes tasas: Tasa por ocupación privativa de dominio público portuario:
Superficie de tierra: 7,98638 euros por metro cuadrado y año.
Muelle de armamento: 34.420,00 euros por año, por el valor de las instalaciones y anualidad de amortización.
Tasa por aprovechamiento especial del dominio público en el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios: el 20 por ciento de la tasa por ocupación privativa.
Tasa por servicios generales: será la vigente en cada momento para la Autoridad Portuaria de Bilbao. Las cuantías mencionadas para las tasas corresponden al año 2008, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, que entrará en vigor el 1 de mayo de 2008.
Lo que se publica para general conocimiento.
Bilbao, 22 de febrero de 2008.-El Presidente, José Ángel Corres Abásolo.
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