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Documento BOE-B-2008-88112

Anuncio de la Sección Económico Administrativa SEA 04, Dirección de Asuntos Económicos del Ejército del Aire, por el que se notifica a don José Antonio Bautista Castaño la iniciación del expediente número 2008/006/04, de pagos indebidos, instruido por la citada Sección, y se da trámite de audiencia al interesado.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 11 de abril de 2008, páginas 4426 a 4426 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-B-2008-88112

TEXTO

En cumplimiento de la obligación legal contenida en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se notifica a don José Antonio Bautista Castaño, con DNI número 812889-T, con último domicilio conocido en calle Ochagavia, número 33 (28691 Villanueva de la Cañada) Madrid, la iniciación del procedimiento por pagos indebidos, expediente número 2008/006/04, por los motivos siguientes:

Concepto del pago indebido: Cobro de nómina incompatible con licencia por asuntos propios y excedencia voluntaria.

Importe total a reintegrar: 61,70 euros. Fecha en la que se realizó el pago: Mes de julio y agosto de 2007. De acuerdo con el artículo 84.1 de la citada Ley 30/1992, dispone de quince días hábiles, desde el siguiente a la publicación de esta notificación, para examinar el expediente en la Pagaduría de la SEA 04, Dirección de Asuntos Económicos, calle Romero Robledo, número 8 (28008 Madrid). Asimismo, en el plazo indicado y de acuerdo con lo establecido en el artículo 84.2 de dicha Ley, podrá alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes. En el caso de estar de acuerdo con la citada reclamación y quiera compensarla, ha de efectuar la transferencia con los siguientes datos:

Titular: SEA 04. Dirección de Asuntos Económicos.

Cuenta: 0182/6941/65/0010000061. Descrp. Trans: Expediente P. indebido n.º 2008/006/04.

A tenor de lo dispuesto en la Ley 47/2003 General Presupuestaria, en sus artículos 17 y 77, las cantidades adeudadas a la Hacienda Pública estatal devengarán interés de demora desde el momento que se produzca el cobro.

Madrid, 2 de abril de 2008.-El Instructor de Expedientes de Pagos Indebidos de la Dirección de Asuntos Económicos del Aire, SEA 04, Guillermo Bartolomé de España.

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