De acuerdo con lo que dispone el artículo 24.4 de la Ley de Minas, se publica la Resolución de fecha 21 de mayo de 2008 dictada por el Consejero de Economía y Finanzas, mediante la cual se declara la condición de minero-medicinal y termal del agua de la captación con el nombre "Font Pudosa".
La citada Resolución establece en su parte dispositiva:
"Primero.-Declarar la condición de minero-medicinal y termal del agua de la captación denominada "Font Pudosa", ubicada en el término municipal de Sant Climent Sescebes y determinada por las siguientes coordenadas UTM del sector 31T:
X= 498.443,56. Y= 4.690.536,96.
Segundo.-Declarar la utilidad pública de las aguas interesadas en lo que se refiere a su condición de minero-medicinal y termal, de acuerdo con lo que establece el artículo 39.3 del Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Tercero.-Ordenar la notificación de esta resolución a los interesados y su publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con lo que establecen los artículos 24 de la LM y 39 de su Reglamento.
Cuarto.-Otorgar al Ayuntamiento de Sant Climent Sescebes el plazo de un año a contar desde el día siguiente de la publicación o notificación de la resolución de declaración, para que pueda ejercer el derecho preferente a solicitar su aprovechamiento, en la forma y condiciones reguladas por la Ley de Minas y su Reglamento.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer ante el Consejero de Economía y Finanzas, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, o bien se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la notificación de la presente resolución. Si se interpone recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no se haya resuelto o bien transcurrido el plazo para entenderse desestimado por silencio administrativo".
Barcelona, 18 de febrero de 2009.- El Director General de Energía y Minas, Agustí Maure Muñoz.
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