Actuando como Órgano de Contratación en virtud de las facultades delegadas que me confiere el apartado 1.1.8 del punto Primero de la Orden DEF/941/2002, de 19 de abril, sobre delegación de competencias de autoridades del Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire en materia de convenios y contratos en el ámbito del Ministerio de Defensa (BOE 103/2002), modificada por la Orden DEF/1759/2007, de 8 de junio (BOE 144/2007) y CONSIDERANDO,
Que el expediente de contratación 2032790002, promovido por esta Jefatura de Intendencia, cuyo objeto es el SUMINISTRO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS para diversos Acuartelamientos sitos en el área de responsabilidad de la Tercera Subinspección General del Ejército, con propuesta de que la adjudicación se lleve a cabo mediante procedimiento ABIERTO al amparo de lo dispuesto en el artículo 122.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, ha sido tramitado respetando los preceptos legales y reglamentarios de aplicación en vigor.
Resultando que se anunció la presente contratación en el Diario Oficial de la Unión Europea (2009/S 53-076402), correspondiente al 18 de marzo de 2009, y en el Boletín Oficial del Estado número 69 de fecha 21 de marzo de 2009, señalándose como fecha final para que los interesados pudieran presentar sus proposiciones, las 12 horas del día 9 de abril de 2009, y como fecha para la apertura de las proposiciones económicas presentadas por los licitadores, las diez horas del día 21 de abril de 2009.
Resultando que, con fecha 30 de marzo de 2009, se procedió en la dependencia que recepciona toda la correspondencia que entra en esta Jefatura (Registro) a la apertura por error de los sobres que contenían la documentación administrativa así como la proposición económica de uno de los licitadores al mencionado expediente. Y considerando que tanto la normativa vigente en materia de contratación, como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el presente expediente (cláusula 11) establecen que las proposiciones serán secretas y se presentarán en sobres cerrados, la apertura de la proposición relativa al precitado expediente a que se remite esta resolución antes de la fecha señalada en el anuncio, supone el quebrantamiento de dicho secreto y consecuentemente la vulneración del principio de igualdad entre los licitadores.
RESUELVO:
La anulación de todo el procedimiento de adjudicación del contrato relativo al expediente de contratación numero 2032790002 cuyo objeto es el SUMINISTRO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS para diversos Acuartelamientos sitos en el área de responsabilidad de la Tercera Subinspección General del Ejército.
Barcelona, 30 de marzo de 2009.- El General Jefe.
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