No habiendo podido notificar a D. José Manuel Galindo Morales, en los dos intentos practicados en su domicilio, se le hace saber que, contando este Instituto con la Sentencia firme de fecha 23 de enero de 2009, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sección 2.ª), mediante la que se desestimó el recurso de dicha índole interpuesto por el mismo, contra la Resolución del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, con fecha 15 de noviembre de 2007, que puso fin al expediente administrativo núm. 67/07, por el Director General Gerente del mismo, se ha dictado con fecha 9 de marzo de 2009, acuerdo mediante el que, se requiere al interesado para que en un plazo máximo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente a la presente publicación, proceda a desalojar voluntariamente la vivienda militar, con carácter previo a la ejecución forzosa de la citada Sentencia.
El expediente se encuentra, en todo caso, a disposición del interesado en el Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, P.º de la Castellana, núm. 233, de Madrid, o en las dependencias de la Subdelegación de Defensa correspondiente.
Madrid, 31 de marzo de 2009.- La Instructora, Cristina Úbeda Murillo.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid