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Documento BOE-B-2009-12902

MADRID.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 22 de abril de 2009, páginas 46718 a 46718 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-12902

TEXTO

Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 42/09 se ha dictado a instancias de Aldaiturriaga, Sociedad Anónima Unipersonal, Gam Canaria, Sociedad Limitada Unipersonal, Gam Castilla y León, Sociedad Limitada Unipersonal, Gam Levante Alquiler de Maquinaría Sociedad Limitada Unipersonal, Gam Centro de Alquiler de Maquinaria, Sociedad Limitada Unipersonal, Gam Sureste, Sociedad Limitada Unipersonal, Gam Noroeste, Sociedad Limitada Unipersonal, Gam Suroeste, Sociedad Limitada Unipersonal, Gam Estructuras Alquiler de Maquinaria Sociedad Limitada Unipersonal, Gam Verde, Sociedad Limitada Unipersonal en fecha 24 de marzo de 2009, Auto de Declaración de Concurso Necesario de Obrum urbanismo y Construcciones, Sociedad Anónima, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Arturo Soria 97-A, de Madrid.

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando el concursado.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado o en el diario de mayor difusión de Madrid, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento  deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Madrid, 24 de marzo de 2009.- El Secretario Judicial.

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