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Documento BOE-B-2009-13888

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial de extracto de la Resolución del Procedimiento Sancionador PS/00096/2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 28 de abril de 2009, páginas 50802 a 50803 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2009-13888

TEXTO

No habiéndose sido posible la notificación en el domicilio conocido en Plaza Casa Grande 3, portal 3, 3º A), Mejorada del Campo, 28840 Madrid, procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero.- En consecuencia, a continuación se transcribe, y para que sirva de notificación, extracto de la resolución del procedimiento sancionador nº PS/00096/2004.- PRIMERO: Imponer A LANDEL BOX S.L., por una infracción del artículo 4.7 de la LOPD, tipificada como muy grave en el artículo 44.4.a) de dicha norma, una multa de trecientos mil quinientos seis euros con cinco céntimos (300.506, 05 €, de conformidad con lo establecido en el artículo 45. 3 y 4 de la citada Ley Orgánica. SEGUNDO: Requerir a LANDEL BOX SL, para que adopte las medidas de orden interno que impidan que en el futuro pueda producirse una nueva infracción del artículo 4.7 de la LOPD, con indicación de que, de acuerdo con lo preceptuado en le artículo 49 de la citada Ley Orgánica, si el requerimiento fuera desatendido la Agencia Española de Protección de Datos podrá inmovilizar el fichero. Las medidas y actuaciones adoptadas deberán ser comunicadas a esta Agencia Española de Protección de Datos, en el plazo de un mes. TERCERO: Notificar la presente resolución a LANDEL BOX S.L., y a D.ª NOELIA ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ CUARTO: Advertir al sancionado que la sanción impuesta deberá hacerla efectiva en el plazo de pago voluntario que señala el artículo 68 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en relación con el art. 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, mediante su ingreso en la cuenta restringida nº 0182 2370 43 0200000785 abierta a nombre de la Agencia Española de Protección de Datos en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. o en caso contrario, se procederá a su recaudación en período ejecutivo. Si recibe la notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos inclusive, el plazo para efectuar el pago voluntario será hasta el día 20 del mes siguiente o inmediato hábil posterior, y si recibe la notificación entre los días 16 y último de cada mes, ambos inclusive, el plazo del pago será hasta el 5 del segundo mes siguiente o inmediato hábil posterior.

De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 116 del Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la LOPD".

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la LOPD), y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal. La copia de la resolución pueden recogerla en C/ Jorge Juan, 6-28001 Madrid.

Madrid, 22 de abril de 2009.- EL DIRECTOR DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS, ARTEMI RALLO LOMBARTE.

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