Ha sido admitido el acuerdo de disolución de la citada federación, cuyos estatutos están depositados en esta Dirección General, al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical (Boletín Oficial del Estado de 8 de agosto de 1985).
La citada federación se disuelve para fusionarse en la denominada "Federación De Servicios A La Ciudadanía De Comisiones Obreras".
Por lo que, se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios de esta Dirección General, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo en este Centro Directivo (sito en la calle Pío Baroja, 6; despacho 210. Madrid), siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril (Boletín Oficial del Estado de 11 de abril de 1995).
Madrid, 27 de abril de 2009.- El Director General P.D. (Orden TIN 1540/2008 de 30 de mayo) La Subdirectora General M.ª Dolores Limón Tamés.
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