D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Procedimiento Concursal Ordinario 672/08, del deudor Levante Unión Deportiva, S.A.D., habiéndose dictado en fecha 14 de abril de 2009 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto en el que consta en siguiente particular:
Por su S.S.ª Acuerda la suspensión de las facultades de la administración de la deudora concursada conforme al art. 40-2º de la Ley Concursal que establece que en caso de concurso necesario se suspenderá el ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por los Administradores Concursales.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general conocimiento de los acreedores del concursado publicándose en el B.O.E. a los efectos oportunos.
Valencia, 14 de abril de 2009.- El Secretario Judicial.
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