Procedimiento concursal ordinario 000380/2006 C.
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente,
Hago Saber: Que en el procedimiento arriba referido, el día de la fecha, se ha dictado resolución cuyo particular es del siguiente tenor literal:
"Parte dispositiva:
1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Eva López, Sociedad Limitada, el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.
3.- Se acuerda la disolución de Eva López, Sociedad Limitada, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la provincia.
4.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 31 de octubre de 2008.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 LC.
Modo de impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.
Asi por este auto, lo pronuncia, manda y firma don Luis Seller Roca de Togores, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe."
Alicante, 14 de enero de 2009.- La Secretaria Judicial, Pilar Solanot García.
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