El Juzgado de lo mercantil 1 de Zaragoza anuncia:
Que en el procedimiento concursal abreviado 179/2008 referente al concursado don Clemente Becerra Caballero por auto de fecha 21 de mayo de 2009 ha acordado lo siguiente:
1- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 27 de febrero de 2009, por no haberse alcanzado quórum suficiente para la constitución de la junta y votación del convenio propuesto.
2- Abrir de oficio la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en el artículo 143.1.1º de la Ley Concursal.
3- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
4- Formar la sección sexta de calificación del concurso, en la que podrán personarse como parte cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo, dentro de los diez días siguientes a la publicación de este edicto en el BOE, para alegar por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Zaragoza, 21 de mayo de 2009.- La Secretaria Judicial.
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