De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente edicto se pone en conocimiento de la empresa Friovivo, Sociedad Anónima, titular del expediente AS/720/P01 (I. 10/09), que con fecha 03/04/2009 la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda, ha acordado iniciar expediente de incumplimiento, al estimar que la entidad no ha cumplido las condiciones de la Resolución Individual de Concesión de Incentivos Regionales de fecha 02/03/2004, relativas a:
· 1.3 "Facilitar a la Administración Pública las inspecciones sobre el desarrollo y ejecución del proyecto, que deberá realizarse de acuerdo con la documentación presentada por la empresa y las modificaciones autorizadas, y proporcionar la información que se requiera sobre el mismo hasta cinco años después de la fecha del informe positivo de cumplimiento de condiciones.
· 2.9 "Sin perjuicio de contar al final del plazo de vigencia con el informe positivo previsto en el Art. 23.1 g) del Reglamento de Incentivos Regionales la empresa, a partir del mencionado plazo, deberá mantener la inversión durante cinco años en la zona. A estos efectos deberá remitir, la titular, al fin de vigencia, un inventario de los bienes objeto de la subvención y comunicará a la Administración las sustituciones o reposiciones de los mismos que se efectúen en ese periodo y, en su caso, los traslados que se produzcan."
El expediente se pone de manifiesto a la entidad, en este Centro Directivo, sito en Madrid, Paseo de la Castellana, 162, planta 21, despacho 02, previa petición de hora a los teléfonos: 915 834 903 ó 915 835 126, de lunes a viernes de 9 a 14 horas y se le concede un plazo de quince días para que alegue y presente los documentos y justificantes que estime pertinentes a su derecho.
Madrid, 6 de julio de 2009.- Subdirector General de Inspección y Control.
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