Al amparo de lo establecido en el artículo 79 del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, la empresa "Renfe-Íñigo, Sociedad Anónima", titular de la concesión citada, ha solicitado autorización para efectuar en la misma las siguientes modificaciones:
-Segregación de los tráficos entre Salamanca y Colmenar de Montemayor.
- Supresión de la ruta R-7 (Linares de Riofrío – Monleón)
-Implantación de servicios a la demanda en determinadas poblaciones
-Reducción del número de vehículos adscritos a la concesión
Los interesados y afectados en este expediente podrán personarse en el procedimiento y, previo examen de la documentación pertinente en la Subdirección General de Gestión y Análisis de los Transportes por Carretera de esta Dirección General (Ministerio de Fomento, Paseo de la Castellana, 67, planta cuarta Despacho A-453, en horas de 9 a 14), en la Dirección General de Trasportes de la Junta de Castilla y León, en la Dirección General de Transportes de la Junta de Extremadura, efectuar las observaciones que estimen oportunas en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 22 de junio de 2009.- El Subdirector General, Miguel Ángel de Frías Aragón.
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