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Documento BOE-B-2009-26065

Resolución de la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras por la que se aprueba el expediente de Información Pública y Audiencia y definitivamente el "Estudio Informativo del Proyecto de Remodelación de la Red Arterial Ferroviaria de la Ciudad de Cartagena".

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 27 de julio de 2009, páginas 89353 a 89355 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2009-26065

TEXTO

1. Objeto del estudio informativo.

El objeto del estudio informativo ha sido el análisis y definición de las actuaciones necesarias para conseguir los objetivos previstos: Tanto ferroviarios, incluyendo la red ferroviaria de Cartagena en la nueva red de altas prestaciones definida en el Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte 2005-2020 (PEIT) sin pérdida de su actual carácter de centralidad; como urbanísticos, con la integración de la red ferroviaria prevista en el casco urbano.

Con esta actuación se da cumplimiento a lo previsto en el Protocolo de colaboración entre el Ministerio de Fomento, el Gobierno de la Región de Murcia, el Ayuntamiento de Cartagena y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias para la remodelación de la red arterial ferroviaria de la ciudad de Cartagena firmado con fecha 22 de junio de 2006. En el estudio informativo se ha presentado una única solución que se ajusta a lo previsto en ese documento.

2. Antecedentes.

Con fecha 28 de julio de 2008 la Dirección General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento aprobó provisionalmente el "Estudio informativo del proyecto de remodelación de la red arterial ferroviaria de la ciudad de Cartagena", siendo sometido a información pública y audiencia entre los meses de agosto y octubre de 2008, publicándose para ello el correspondiente anuncio en el BOE de 2 de agosto de 2008 y BORM de 31 de julio de 2008, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente en ese momento: Ley del Sector Ferroviario y su Reglamento de desarrollo y Real Decreto Legislativo 1/2008 sobre Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Dentro del plazo legalmente establecido se han recibido 6 alegaciones correspondientes al trámite de audiencia a Administraciones (1 de ellas municipales, 3 de la Administración autonómica y 2 correspondientes a otras instituciones) y 1 escrito correspondiente a la información pública.

En las alegaciones presentadas durante el proceso se indicaban una serie de aspectos que se recogieron en las conclusiones del Informe de Alegaciones, que fue remitido, junto con el expediente de información pública y el propio estudio informativo, con fecha 2 de diciembre de 2008, al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, solicitando la declaración de impacto ambiental.

El Abogado del Estado, mediante escrito de fecha 15 de diciembre de 2008, ha informado que no encuentra objeciones a la tramitación realizada del expediente de información pública y oficial.

La declaración de impacto ambiental favorable sobre del "Estudio informativo del proyecto de remodelación de la red arterial ferroviaria de la ciudad de Cartagena", ha sido formulada por la Secretaría de Estado de Cambio Climático mediante Resolución de 4 de junio de 2009.

La Subdirección General de Planes y Proyectos ha elevado con fecha 22 de junio de 2009 la propuesta de aprobación del expediente de información pública y audiencia y la aprobación definitiva del "Estudio informativo del proyecto de remodelación de la red arterial ferroviaria de la ciudad de Cartagena".

3. Contenido del estudio informativo.

El ámbito del estudio se inicia aproximadamente en el actual punto kilométrico 497+500 de la línea Chinchilla-Cartagena y finaliza en la estación de Cartagena, contando con un desarrollo total en el eje principal de 5,9 Km.

Actuaciones ferroviarias:

- Adecuación del pasillo ferroviario de acceso a Cartagena al equipamiento y parámetros necesarios para la implantación de servicios ferroviarios de alta velocidad, incluyendo la ampliación de la plataforma hasta configurar una doble vía de acceso a la estación de Cartagena y una tercera vía de conexión con el puerto de Escombreras.

- Adecuación de la estación de Cartagena a la prestación de los servicios previstos, manteniendo y mejorando la accesibilidad y centralidad actuales. Se define una nueva configuración de la estación con dos zonas diferentes, una con cuatro vías y andenes de 200 m. de longitud y otra subterránea paralela a la anterior con dos vías que acogerían trenes de 400 m. de longitud.

Actuaciones de integración urbanística.

- Soterramiento del pasillo ferroviario, a lo largo de 762 m. entre la avenida del Pintor Portela y la futura prolongación de la avenida de Alfonso XIII que posibilitará el desarrollo urbanístico previsto por el Ayuntamiento.

4. Resolución.

A la vista de todo lo expuesto, esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Primero: Aprobar el expediente de información pública y audiencia y definitivamente el "Estudio informativo del proyecto de remodelación de la red arterial ferroviaria de la ciudad de Cartagena". Se aprueba para su desarrollo el proyecto según la definición remitida al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino para la declaración de impacto ambiental.

Segundo: De acuerdo con el artículo 8 del Reglamento del Sector Ferroviario (Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre), establecer que la redacción y aprobación de los proyectos constructivos corresponderá al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), dentro de lo previsto en el Protocolo de colaboración entre el Ministerio de Fomento, el Gobierno de la Región de Murcia, el Ayuntamiento de Cartagena y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias para la remodelación de la red arterial ferroviaria de la ciudad de Cartagena firmado con fecha 22 de junio de 2006.

Tercero: En los sucesivos proyectos constructivos que desarrollen la solución aprobada se tendrán en cuenta las prescripciones siguientes:

1. Las establecidas en el condicionado de la Declaración de Impacto Ambiental de fecha 4 de junio de 2009.

2. Durante la redacción de los proyectos constructivos se mantendrán contactos con las Administraciones, Organismos y otros interesados para concretar con exactitud los caminos y pasos que haya que restablecer, así como prever la adecuada reposición de redes de drenaje y demás servicios afectados.

En este contexto tiene especial importancia la coordinación con el Ayuntamiento de Cartagena para la correcta definición y programación de las actuaciones que permitirán la eliminación del viaducto de entrada a la ciudad, necesario para el desarrollo urbanístico previsto y para la finalización de la operación ferroviaria.

3. Con objeto de compatibilizar los distintos tráficos previstos en el ámbito del soterramiento y de la estación se incorporarán las medidas destinadas a la separación física de los diferentes tipos de trenes y se procederá al estudio del trazado en las rampas de acceso al soterramiento con objeto de disminuir su valor.

Cuarto: La presente Resolución, se adopta por delegación del Ministro de Fomento, conforme a lo previsto en la Orden FOM/2893/2005, de 14 de septiembre (BOE n.º 224, de 19 de septiembre de 2005), por la que se delegan competencias en materia ferroviaria, y pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de esta Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 24 de junio de 2009.- El Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras, Víctor Morlán Gracia.

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