Que se hace por este medio al haberse intentado sin efecto la notificación en el último domicilio conocido: calle Serrano, 7, 3.º dcha., 28001 Madrid, y en la cual se le decía lo siguiente:
En la Orden de 26 de junio se le comunica:
"Por Resolución de 12 de noviembre de 2007 de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas (BOE de 11 de diciembre), se convocaron subvenciones a empresas e instituciones sin fines de lucro, editoras de revistas de cultura, escritas en castellano o en cualquier otra lengua cooficial española, correspondiente al año 2008.
Por Orden CUL/1618/2008, de 19 de mayo (BOE de 10 de junio) se acordó la concesión a Arte y Patrimonio, S.A. de una subvención. .."
En consecuencia, esta Subdirección General de Gestión Económica y Financiera acuerda iniciar el procedimiento para el reintegro de la parte de la subvención concedida en 2008 a Arte y Patrimonio, S.A. y no justificada. .."
Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, significando que, dado que este acto no se publica en su integridad, de conformidad con lo previsto en los artículos 60.2 y 61 de la citada Ley, el texto íntegro de la Orden de 26 de junio de 2009 por la que se acuerda iniciar procedimiento de reintegro se encuentra a disposición, junto al resto de la documentación del expediente en la Subdirección General de Gestión Económica y Financiera del Ministerio de Cultura, ubicado en la Plaza del Rey, n.º 1, de Madrid 28004.
Madrid, 29 de julio de 2009.- El Subdirector General de Gestión Económica y Financiera (Orden CUL/51/2009, de 14 de enero), Nicolás García Zorita.
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