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Documento BOE-B-2009-3343

BALMASEDA.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 2009, páginas 12508 a 12509 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2009-3343

TEXTO

 EDICTO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 1 DE BALMASEDA (BIZKAIA)

JUICIO: Divorcio Contencioso L2 559/06

DEMANDANTE: NIRIAM BORRAYO PÉREZ

ABOGADA: M.ª José Álvarez Sánchez

PROCURADORA: ESTHER LARREA ESNAL

DEMANDADO: JUAN JOSÉ HOYOS CABAREDA

SOBRE: DIVORCIO

En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda de divorcio presentada por la Procuradora doña Esther Larrea Esnal en nombre y representación de doña Niriam Barrayo Pérez contra don Juan José Hoyos Cabareda, debo decretar y decreto el divorcio de los litigantes con todos sus efectos legales.

No ha lugar a imponer las costas.

 Una vez firme esta sentencia, expídase testimonio y remítase al Registro Civil en que conste inscrito el matrimonio para la práctica del asiento correspondiente.

Notifíquese la presente sentencia a las partes con indicación de que la misma no es firme, pudiendo interponer  recurso de apelación ante este Juzgado en un plazo de cinco días y del que conocerá la Iltma.Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.-Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el mismo Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que yo el Secretario doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don JUAN JOSÉ HOYOS CABAREDA y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de Estado.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de BIZKAIA.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna ( artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

Balmaseda (Bizkaia),  a trece de marzo de dos mil ocho.

                                                               El /La Secretario Judicial

Balmaseda, 30 de enero de 2009.- Justicia gratuita.

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