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Documento BOE-B-2009-33793

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 7 de octubre de 2009, páginas 121079 a 121079 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-33793

TEXTO

Edicto, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal nº 0000031/2009, seguido a instancias de la Procuradora Doña Teresa de Jesús Hernández Rivero.

Emma Crespo Ferrándiz, en nombre y representación de la entidad Peláez Castillo, S.L., se ha dictado Auto el día 29 de septiembre de 2009, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:la mercantil Peláez Castillo, S.L., con CIF nº A-35028661, el que se tramitará por el procedimiento abreviado voluntario la intervención de las mismas. Magistrado-Juez.-Teresa Hernández Rivero.-Secretario.-firmados y rubricados.

Carlos Martínez-Uceda Calatrava.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Se declara el concurso de

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de

Se designan como Administrador del concurso a: don Domingo del Castillo Morales.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda;

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto 27/03/09 por el cual se modifica el nº 5º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Las Palmas de Gran Canaria, 30 de septiembre de 2009.- La Secretario Judicial.

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