Edicto.
La Secretario judicial stta. del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presente
Hace saber: Que en los autos de Concurso Voluntario de Luciano Augusto Correira Belchior, con NIF 10198650J, seguidos en este Juzgado con el nº 273/2008, se dictó en fecha 28-11-08 Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente, habiendo adquirido firmeza la referida resolución:
"Parte dispositiva
Acuerdo inadmitir la oposición formulada por la procuradora Esther Amposta Matheu, en nombre y representación del concursado Luciano Augusto Correira Belchior y, en consecuencia, acuerdo la conclusión del concurso.
Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes.
Hágase público el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el periódico El Mundo en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal. Expídase mandamiento al Registro de la Propiedad nº 2 de Vendrell donde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor para la cancelación de las anotaciones preventivas efectuadas en su día, librándose para ello los correspondientes oficios y mandamiento para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.
Contra este Auto cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días.
Así lo acuerda manda y firma doña María Arántzazu Ortiz González, Magistrado-Juez del Juzgado 1ª Instancia nº 7 de Tarragona (Mercantil). Doy fe."
Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.
Tarragona, 1 de septiembre de 2009.- Secretario Judicial.
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