Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-36765

ALICANTE.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 29 de octubre de 2009, páginas 133011 a 133011 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-36765

TEXTO

Edicto

Don Virginio Sánchez Barberan, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente

Hago saber, que en fecha 28 de septiembre de 2009, se ha dictado auto de fin de la fase común y apertura de liquidación de la mercantil Luzender Siglo XXI en el procedimiento 808/08-r que se tramita en este Juzgado cuya parte dispositiva es la siguiente:

1.-Se acuerda poner fin a la fase común.

2.-Se decreta la apertura de la fase de liquidación y apórtese testimonio del inventario de la masa activa que consta en el informe definitivo.

3.-Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4.-Se declara la disolución de la mercantil Luzender Siglo XXI, S.A., así como en todo caso el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.-Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

6.-Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 8 días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración y las formas concretas propuestas en cada caso para su enajenación.

7.-Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC, así como informe de la Administración Concursal del artículo 74 LC (sin inclusión de anexos por su volumen).

Dentro de los cinco días siguientes a la última publicación del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse y ser parte en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC).

Alicante, 28 de septiembre de 2009.- El Secretario.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid