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Documento BOE-B-2009-36781

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 29 de octubre de 2009, páginas 133028 a 133028 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-36781

TEXTO

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario número 920/09, se ha acordado mediante auto de esta fecha la admisión a trámite del concurso de la entidad mercantil Bugadera Industrial L'Enclau, sl con domicilio en polígono industrial sector l'estació s/n de Puigcerda (Girona) cif número b17934951 siendo designado como Administrador Concursal a D. Josep Álvarez Rubirola.

Por el presente se proceda al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de Quince días a contar desde la última de las publicaciones,comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentara ante el juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, asi como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del titulo o documento relativos al título.

El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de veintisiete de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

En cumplimiento del Real decreto 3/09 de veintisiete de marzo en relación con la disposción segunda de la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al artículo 23.1 de la Ley Concursal.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente

Girona, 14 de octubre de 2009.- El Secretario Judicial.

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