Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil Número 2 de Alicante,
Hago saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante se siguen los autos de Procedimiento Concursal Ordinario-000448/08-D, de la mercantil Uniline España, Sociedad Limitada en cuyo seno, con fecha 12 de noviembre de 2009, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Primero.- Se acuerda Poner Fin a la fase común.
Segundo.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.
Tercero.-Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
Cuarto.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Quinto.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 15 siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el artículo 148 Ley Concursal.
Sexto.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Séptimo.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el artículo 167 Ley Concursal.
Dentro de los 10 días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto,cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (artículo 168 Ley Concursal). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 Ley Concursal.
Octavo.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto de forma urgente en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado por plazo de 10 días.
Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal."
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Don Luis Seller Roca de Togores, Magistrado Juez de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe".
Alicante, 12 de noviembre de 2009.- La Secretaria Judicial.
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